Ayudas a pymes turisticas para la obtencion, renovacion y mantenimiento de la certificacion "Q" de Calidad Turistica.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S07746/13

Norma:

ORDEN FORAL 9E/2013, de 11 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/04/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la obtención de los certificados “Q” de Calidad Turística y su renovación y mantenimiento en los establecimientos turísticos sitos en Navarra.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se articulan como subvención a fondo perdido del 50% del presupuesto presentado.

En el caso de asistencia técnica de consultores externos se aceptará un presupuesto máximo de 3.000 euros para asistencias de 1.ª certificación y de 1.500 euros en asistencias de mantenimiento o renovación (las contempladas en la base 4.d).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas turísticas, en adelante PYMES turísticas, titulares de establecimientos turísticos reglamentariamente inscritos en el Registro de Turismo de Navarra, a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El gasto corriente efectuado para la implantación, obtención, y renovación de la certificación
de la marca de Calidad Turística Q impulsada por el ICTE y en concreto contempla los siguientes:

a) Cuota de adhesión a la Marca.

b) Gastos de auditoría externa para la certificación (o de auditoría para la certificación conforme a una norma Q/UNE nueva por establecimientos previamente certificados) y los de auditorías de renovación o mantenimiento.

c) Cuota de derecho de uso de la marca correspondiente al periodo de la convocatoria (no podrá presentarse solicitud por cuota de adhesión y cuota de derecho de uso de marca en la misma solicitud).

d) Asistencia técnica de consultoría externa para la certificación inicial, 1.ª y 2.ª auditoría de mantenimiento y 1.ª de renovación (en todo caso el tercer año tras la certificación).

Requisitos:

Para cualquier interpretación de la consideración de PYME se tendrá en cuenta lo establecido en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas o las disposiciones que la sustituyan o modifiquen.

Documentos asociados

Boletín: 22/03/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 57
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento