Ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
Código de ayuda:
S31946/23Norma:
Orden TED/807/2023, de 17 de julio. Resolución de 20 de julio de 2023. Resolución de 5 de octubre de 2023. Resolución de 5 de octubre de 2023.Plazo de Solicitud:
Desde el día 20 de septiembre de 2023 y finalizará a las 14:00 horas del día 31 de octubre de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de ayudas públicas para proyectos innovadores de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro de la componente 8, inversión 1, para el despliegue del almacenamiento energético, financiado por la Unión Europea Next Generation EU.Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
- Creación nuevas empresas
- Educación y Ciencia
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
a) Empresas, tal como se define en el del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, en el artículo 1 del anexo I, y en la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (2016/C 262/01).b) Universidades, Centros de Investigación o Tecnológicos sin ánimo de lucro, u otras entidades, tanto públicos como privados, incluidos los agentes del sistema de ciencia y tecnología que se definen en el artículo 3 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que no tengan consideración de entidades empresariales según el apartado a) anterior.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Proyectos innovadores de almacenamiento de energía independientes («standalone»), conectados a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.b) Proyectos innovadores de almacenamiento de energía hibridados con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes de energía renovables.
c) Proyectos innovadores de almacenamiento mediante bombeo reversible (centrales hidráulicas reversibles).
d) Proyectos innovadores de almacenamiento térmico.
Documentos asociados
Boletín:
25/07/2023
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Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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19/08/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 171
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Boletín:
19/10/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 250
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