Ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.

Código de ayuda:

S31946/23

Norma:

Orden TED/807/2023, de 17 de julio. Resolución de 20 de julio de 2023. Resolución de 5 de octubre de 2023. Resolución de 5 de octubre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Desde el día 20 de septiembre de 2023 y finalizará a las 14:00 horas del día 31 de octubre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de ayudas públicas para proyectos innovadores de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro de la componente 8, inversión 1, para el despliegue del almacenamiento energético, financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Creación nuevas empresas
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Empresas, tal como se define en el del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, en el artículo 1 del anexo I, y en la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (2016/C 262/01).

b) Universidades, Centros de Investigación o Tecnológicos sin ánimo de lucro, u otras entidades, tanto públicos como privados, incluidos los agentes del sistema de ciencia y tecnología que se definen en el artículo 3 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que no tengan consideración de entidades empresariales según el apartado a) anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos innovadores de almacenamiento de energía independientes («standalone»), conectados a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

b) Proyectos innovadores de almacenamiento de energía hibridados con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes de energía renovables.

c) Proyectos innovadores de almacenamiento mediante bombeo reversible (centrales hidráulicas reversibles).

d) Proyectos innovadores de almacenamiento térmico.

Documentos asociados

Boletín: 25/07/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 176
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 25/07/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 176
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 19/08/2023
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Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/10/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 250
Documento: Modificación Descargar Documento