Ayudas a proyectos de teletrabajo, fomento de las tecnologias de la informacion y la comunicacion (TIC) en las pequeñas y medianas empresas (pymes) y dinamizacion economica a traves de las TIC, destinadas a corporaciones locales.

Código de ayuda:

S00082/08

Norma:

ORDEN GAP/502/2007, de 27 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es regular la concesión de ayudas a proyectos de teletrabajo, fomento de las TIC en las pymes y dinamización económica a través de las TIC, que desarrollen los entes locales de Cataluña, con el objetivo de minimizar la fractura digital, desde una perspectiva territorial, a la vez que velar por la modernización y la diversificación de la estructura productiva y social, y fomentar el uso intensivo de las TIC entre los teletrabajadores, y en las pymes y micropymes catalanas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas se concretará, de acuerdo con el límite que se establece en la convocatoria, en función del proyecto presentado y del número total de solicitudes presentadas. Las subvenciones se podrán conceder por el importe total o parcial del presupuesto del proyecto solicitado, según la valoración que haga la comisión de evaluación después de haber considerado los criterios mencionados en las bases de esta convocatoria.

En caso de concurrencia de esta subvención con otras procedentes de otras instituciones, la suma de los importes de todas las otorgadas para un mismo proyecto no puede ser superior al importe del presupuesto previsto para éste.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de esta ayuda los entes locales de Cataluña, ayuntamientos, consejos comarcales, diputaciones, consorcios municipales y mancomunidades, y entidades dependientes.

Cada entidad solicitante sólo podrá presentar una propuesta en esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son objeto de subvención los proyectos presentados por los entes locales de Cataluña relacionados con el teletrabajo y la actividad de divulgación, asesoramiento, dinamización y formación en TIC que se desarrolla en el seno de los telecentros que ofrecen este servicio y forman parte de la Comunidad de Teletrabajo de la Red de Telecentros de Cataluña, y los proyectos en qué se realice una tarea de asesoramiento y orientación en el uso y la implantación de las TIC en el tejido productivo catalán, con actuaciones dirigidas en pymes y micropymes.

Son subvencionables las actividades relacionadas con la organización y la ejecución del proyecto, y las acciones formativas, de asesoramiento, de dinamización y de difusión relacionadas, que se tendrán que especificar en el plan de trabajo. Los conceptos susceptibles de ayuda, que se detallan a continuación, se tendrán que desglosar en un presupuesto.

Los conceptos susceptibles de ayuda son los siguientes:

a. Personal: gestión y/o coordinación de la actividad.
b. Gastos de funcionamiento: adquisición de material no inventariable relacionado con el desarrollo de las actividades formativas, de asesoramiento, de dinamización y de difusión detalladas en el plan de trabajo.
c. Gastos ocasionados por la organización y la celebración de actividades de dinamización, sensibilización y asesoramiento en el uso y la implantación de las TIC en el tejido productivo catalán.
d. Gastos procedentes de la organización y la realización de actividades de formación:
i. Si procede, personal docente contratado para impartir los cursos de formación.
ii. Si procede, elaboración de materiales didácticos (creación, traducción, adaptación).
iii. Si procede, publicación de materiales didácticos (soporte papel y soporte electrónico).
e. Gastos procedentes de la materialización del plan de comunicación.
f. Gastos fruto de las actuaciones relacionadas con la difusión de campañas e iniciativas referentes a las políticas TIC de la Generalidad de Cataluña: administración electrónica, software libre y contenidos en catalán; incorporación de los estándares de certificación.
g. Gastos resultados de la realización de los estudios sobre el impacto de las actuaciones.
h. Gastos para la adquisición de material inventariable (especialmente informático) estrictamente necesario para el desarrollo óptimo de las actividades de teletrabajo, formativas, de asesoramiento, de dinamización y de difusión detalladas en el plan de trabajo.
No se subvencionarán los gastos relacionados con el funcionamiento ordinario del ente local.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5038
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento