Ayudas a proyectos de servicios de sociedad de la información y de comercio electrónico para la pequeña y mediana empresa.

Código de ayuda:

S02800/04

Norma:

Orden de 19 de enero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar proyectos de servicios de sociedad de la información y de comercio electrónico.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Economía, Industria e Innovación (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá superar el 40% de los gastos brutos subvencionables.
Cuando exista concurrencia de ayudas o subvenciones la intensidad bruta de todas las ayudas recibidas para un mismo proyecto no podrá superar el 55% de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas privadas de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La contratación de bienes o servicios por vía electrónica.
2. La organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales.
3. La gestión de compras en la red por grupos de personas.
4. El envío de comunicaciones comerciales.
5. El suministro de información por vía telemática.
6. El vídeo bajo demanda, como servicio en el que el usuario puede seleccionar a través de la red, tanto el programa deseado como el momento de su suministro y recepción, y, en general, la distribución de contenidos previa petición individual.

Son subvencionables los gastos destinados a:
a) Equipos y programas informáticos adquiridos para el proyecto, adaptaciones de equipos o programas para el mismo fin.
b) Otro tipo de material inventariable (no fungible) exclusivamente destinado al proyecto.
c) Colaboraciones externas exclusivamente derivadas del proyecto. Éstos no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los
servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
d) Inversión inmaterial para la adquisición de tecnología derivada del proyecto, tales como los derechos de patentes, licencias, know how o conocimientos técnicos no patentados.

Requisitos:

- En la que los poderes públicos no podrán ejercer, directa o indirectamente, una influencia dominante en razón de la propiedad, de la participación financiera o de las normas que la rigen.
- Que tengan establecido su domicilio social en la Región de Murcia o tengan establecimiento abierto al público o centro de producción en el territorio de la Región de Murcia.

Documentos asociados

Boletín: 06/02/2004
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 30
Documento: Convocatoria Descargar Documento