Ayudas a proyectos de investigación con alto potencial industrial de agentes tecnológicos de excelencia para la competitividad industrial TCNIC.

Código de ayuda:

S52537/22

Norma:

Orden IND/56/2022, de 22 de agosto. Orden IND/73/2022, de 14 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de enero de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la realización de investigación fundamental de alto potencial industrial e investigación industrial, llevada a cabo por agentes tecnológicos de excelencia para la competitividad industrial TCNIC (TeChnological Network for Industrial Competiveness), en los ámbitos enmarcados en la Estrategia de Especialización Inteligente de Cantabria RIS3.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Los Centros Tecnológicos que tengan personalidad jurídica propia y el domicilio social o sede
permanente en Cantabria, desarrollen su actividad prioritaria en la misma y se encuentren registrados como Centros Tecnológicos según el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, que regula los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica

b) Las Universidades, con sede en Cantabria, de conformidad con la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. En todo caso, deberán contar con Unidades de Investigación universitarias que se encuentren integradas por agregaciones de grupos de investigación reconocidos.

c) Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que estén válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sean titulares en Cantabria de alguna o varias de las actividades económicas relacionadas en el artículo 2.1 de la Orden IND/56/2022, de 22 de agosto.

Requisitos:

1º. Las entidades que incurran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, ni aquellas que puedan ser consideradas empresas en crisis con arreglo a la definición establecida en la directriz. 2.2 de la Comunicación de la Comisión de Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01).

2º. Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que a estos efectos se realiza en el artículo 2 del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014.

3º. Las entidades que no tengan realizada la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva de la empresa de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.

Documentos asociados

Boletín: 31/08/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 168
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 28/12/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 247
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/12/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 247
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento