Ayudas a proyectos de inversion empresarial considerados estrategicos para la economia catalana, y se hacen publicas las convocatorias para el año 2008.

Código de ayuda:

S20428/08

Norma:

RESOLUCION IUE/812/2008, de 4 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Para cada una de las líneas de subvención se establecen plazos distintos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de las ayudas del programa de ayudas a proyectos de inversión empresarial considerados estratégicos para la economía catalana.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Otras

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pequeña y Mediana Empresa (PYME).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La línea de ayudas para la creación de ocupación, unida a proyectos de inversión empresarial, tiene como objetivo apoyar a los proyectos que generen una ocupación estable y de calidad.

La línea de ayudas a proyectos de inversión empresarial en activos fijos concede ayudas a proyectos de actividades nuevas, de consolidación o de diversificación que contribuyan a dotar a las empresas de una mayor dimensión y de una mayor especialización en aquellos segmentos de la cadena de valor que les aportan más valor añadido o que les pueden ayudar a iniciar nuevas vías de negocio, derivados o no de su actividad principal.

Finalmente, la línea de ayudas a proyectos de sedes sociales de carácter suprarregional está enfocada a la atracción de centros de decisión de empresas multinacionales o bien a la ampliación de las capacidades y funciones de las sedes de estas empresas ya presentes en Cataluña.

Requisitos:

Se establecen, en función de la línea de ayudas, los requisitos concretos que tienen que tener los beneficiarios. Con carácter general, independientemente de la línea de ayudas de que se trate, los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) En el caso de empresas con 50 trabajadores o más, cumplir con la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación al menos a un 2% de trabajadores con disminución sobre el número total de trabajadores de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas, de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005), el Real decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el cual se regulan los enclaves laborales (BOE núm. 45, de 21.2.2004), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de 2.8.2000).

b) Cumplir las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

c) Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

d) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

e) No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones de orden social aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Documentos asociados

Boletín: 25/03/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5096
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento