Ayudas a proyectos de creación,exhibición, investigación y formación en salas de teatro,correspondientes al año 2018.

Código de ayuda:

S54364/18

Norma:

Orden CUL/163/2010, de 27 de enero. Madrid, 18 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a proyectos de creación, exhibición, investigación y formación en salas de teatro en régimen de concurrencia competitiva en el marco de las competencias del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del patrimonio
cultural teatral y circense y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total máximo imputable de la convocatoria será de 345.320 euros.

En ningún caso la ayuda concedida podrá superar el 65 por ciento del coste total estimado del proyecto. La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar las siguientes cantidades:

Modalidad: A4. Cuantía máxima individual: 125.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución. Los solicitantes deberán tener establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato. Quedan excluidos
aquellos solicitantes que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.

Documentos asociados

Boletín: 02/02/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 28
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/10/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 258
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/10/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 258
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento