Ayudas a proyectos de cooperación técnica con las Regiones Estratégicas fuera de Europa de Quebec, Cundinamarca, Querétaro y Región Metropolitana de Santiago, para 2025-2026.
Código de ayuda:
S16391/25Norma:
RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Resolución convocar ayudas destinadas a la financiación de proyectos de actuación y colaboración bilateral que se lleven a cabo con personas jurídicas de las Regiones Estratégicas de Quebec, Cundinamarca, Querétaro y Región Metropolitana de Santiago, para 2025-2026.Categorías Subvención
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Gobierno Vasco (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a estas ayudas personas jurídicas privadas, con domicilio social en la Comunidad Autónoma Euskadi, que presenten un proyecto de actividad o de colaboración bilateral, en el marco de la correspondiente convocatoria, que cuenten con la participación de un socio de las regiones estratégicas en el exterior.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de viaje y estancia de las personas de la Comunidad Autónoma del País Vasco que, en virtud de los proyectos subvencionables, se desplacen a las Regiones Estratégicas de Quebec, Cundinamarca, Querétaro y Región Metropolitana de Santiago:Gastos de transporte internacional: el coste real de los billetes de avión hasta un máximo de 1.000 euros.
Gastos de alojamiento y manutención: 180 euros por día por una duración máxima de 7 días.
b) Gastos para la ejecución, promoción y difusión de los proyectos bilaterales hasta completar el importe máximo de la subvención a recibir por proyecto que asciende a 5.000 euros.
Requisitos:
a) Tener personalidad jurídica constituida de conformidad con la legislación aplicable en el país de origen.b) No haber sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo de acuerdo con la legislación vigente.
c) No incurrir en prohibición de recibir subvenciones de acuerdo con la legislación aplicable en el país de origen.
Documentos asociados
Boletín:
11/06/2025
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 114
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 114
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento