Ayudas a proyectos de Cooperación Internacional al desarrollo que realicen Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo.

Código de ayuda:

S17519/04

Norma:

Acuerdo 636/VI, de 25 de mayo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas y subvenciones por las Cortes Valencianas para la cooperación internacional con los países en vías de desarrollo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Cortes Valencianas (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La participación financiera de las Cortes Valencianas en los proyectos será, como máximo, del 80% del coste total del proyecto. No podrá solicitarse por tanto una cantidad que exceda de dicho porcentaje.

2. Los proyectos que hayan superado la evaluación técnica, podrán ser subvencionados por el 100% del importe solicitado, sin superar en ningún caso el límite señalado en el apartado anterior, concediéndose las ayudas por orden de puntuación de mayor a menor hasta el agotamiento de los fondos previstos en esta convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de cooperación al desarrollo, que contemplarán cuatro prioridades horizontales: lucha contra la pobreza, fortalecimiento de la democracia y defensa de los derechos humanos, promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y conservación del medio ambiente.


Se cofinanciarán preferentemente aquellos proyectos que incluyan alguna o algunas de las siguientes prioridades:
A) Prioridades geográficas:
. Iberoamérica: Bolivia, Paraguay, Ecuador, Perú, Guatemala, Honduras, Nicaragua, República Dominicana, El Salvador, Cuba, Colombia, México, Argentina y Brasil.
. Magreb y Oriente Medio: Marruecos, Mauritania, Túnez, Argelia, Población Saharahui y Territorios Palestinos.
. África Subsahariana.: Angola, Mozambique, Cabo Verde, Guinea Bissau, Namibia, Santo Tomé y Príncipe, Senegal y Guinea Ecuatorial.
. Asimismo, se podrá actuar de manera selectiva en otros países que, cumplan los requisitos necesarios para ser receptores de la ayuda oficial al desarrollo.

B) Prioridades sectoriales:
. Mujer y desarrollo, incluyéndose los proyectos, programas de Mujer y desarrollo multisectoriales, promoción y apoyo a grupos y organizaciones de mujeres.
. Apoyo al desarrollo de comunidades indígenas.
. Apoyo al desarrollo económico sostenible, en especial, en el medio rural.
. Educación primaria y formación y capacitación de recursos humanos.
. Inversión en infraestructuras básicas, en especial, las relativas a agua y saneamiento.
. Sanidad y salud básica.
. Promoción del respeto a los derechos humanos y del fortalecimiento del sistema democrático así como la erradicación de la violencia de género.
. Promoción de la protección y mejora de la calidad del medio ambiente y de un aprovechamiento turístico compatible con las mismas, respetando las culturas de los países receptores de las ayudas.
. Defensa de los derechos del menor y erradicación de la explotación infantil.
. Mejora de las condiciones económicas y generación de ingresos, fomentando la participación de todos los agentes sociales.
. Promoción de la sociedad civil y fortalecimiento de las Administraciones descentralizadas.
. Apoyo al desarrollo como instrumento para la participación en la identificación de las acciones y en la formulación de los proyectos.

C) Prioridades relativas a los beneficiarios del proyecto:
. Proyectos con mayor número de beneficiarios y aquellos cuyos beneficiarios estén incluidos en alguno de los colectivos siguientes:
. Mujeres.
. Comunidades indígenas.
. Infancia y Juventud.
. Refugiados y desplazados y/o en proceso de retorno.

D) Asimismo, se dará prioridad:
. Proyectos que se incardinen dentro de planes integrales de desarrollo.
. Proyectos presentados por entidades que tengan implantación de estructura suficiente de la ONGD en el territorio de la Comunidad Valenciana, con los requisitos que exige el artículo 5, d) del Decreto 201/1997 de Bases de Cooperación en lo relativo al mantenimiento de la contabilidad, documentación y cogestión del proyecto.
. Proyectos cuyo mayor porcentaje de la subvención recibida y, en consecuencia, del coste total tenga destino en el país en vías de desarrollo donde se lleve a cabo la ejecución del proyecto.
. Proyectos presentados por agrupaciones de entidades.
. Proyectos que contemplen la realización de una auditoría externa que se presentará a la finalización de los mismos junto al informe final. Dicha auditoría deberá contemplar en todo caso el grado de cumplimiento de objetivos y la justificación económica del gasto.
. Proyectos presentados por aquellas entidades que aporten una auditoría externa de cuentas sobre los resultados de su gestión en el último año . Proyectos en que se demuestre una elevada implicación financiera de la entidad solicitante, traducida en su propio porcentaje de financiación.
. Proyectos cuya sostenibilidad esté garantizada una vez finalizada la ejecución.
. Proyectos donde exista una gran implicación de los beneficiarios tanto en la formulación como en la ejecución de los mismos.
. Proyectos cofinanciados por otras Administraciones Públicas de la Comunidad Valenciana.
. Proyectos que se enmarquen dentro del Programa Vita, de Cooperación al Desarrollo en Salud para Africa, en el que participa la Generalitat Valenciana.
. Proyectos que se enmarquen dentro del Programa Azahar de Cooperación al Desarrollo en materia de desarrollo sostenible, protección del medio ambiente y conservación de los recursos naturales en el Mediterráneo, en el que participa la Generalitat Valenciana.

Requisitos:

Los exigidos por el art. 5 del Decreto 201/1997 de 1 de julio del Gobierno Valenciano.

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4780
Documento: Convocatoria Descargar Documento