Ayudas a proyectos colaborativos de clústeres y de plataformas de competitividad e innovación empresarial. Identificación BDNS: 457471.

Código de ayuda:

S46182/19

Norma:

RESOLUCIÓN 127E/2019, de 27 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de septiembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de esta subvención es fomentar la acción colaborativa de las empresas de Navarra y su participación en proyectos para mejorar su competitividad, a través de clústeres y plataformas de competitividad e innovación empresarial.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Política Económica y Empresarial y Trabajo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las beneficiarias de las ayudas deberán responder a la definición de clúster o de plataforma de la base 1 y cumplir los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de colaboración deberán cumplir las siguientes condiciones para ser subvencionados:

1. Deberán encuadrarse en:

a) Las áreas económicas priorizadas por la S3 - Navarra (Automoción y mecatrónica, Cadena alimentaria, Energías renovables y recursos, Salud, Turismo integral e Industrias creativas y digitales).

b) Una tecnología facilitadora en las citadas áreas.

c) Una de las cadenas de valor habilitadoras identificadas en el Plan Industrial de Navarra 2020.

2. Deberán estar orientados hacia la mejora competitiva del conjunto de empresas y organizaciones asociadas, en alguno de los siguientes ámbitos: innovación tecnológica, innovación no tecnológica o de gestión, internacionalización, mejoras productivas, estudios de implantación de infraestructuras comunes, desarrollo de estándares y normas de calidad, o sistemas de vigilancia estratégica o tecnológica, mercados y competencia.

3. Su presupuesto de gastos considerado acogible por el órgano gestor de las ayudas deberá superar los 20.000 euros.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica propia y estar constituida bajo cualquier forma jurídica como entidad sin fines de lucro.

b) Tener su domicilio social en Navarra, constituyendo el territorio de la Comunidad Foral el ámbito geográfico de actuación prioritario. Además, al menos el 50% de los socios o miembros deberán tener su sede social o un centro de trabajo en Navarra.

c) Agrupar como mínimo a veinte asociados y al menos un centro de conocimiento.

d) Tener como objeto social la mejora de la competitividad e innovación del conjunto de sus asociados.

e) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria impuesta por dichos motivos.

f) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias que establece el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.

La presentación de la solicitud de subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social a través de certificados telemáticos, en cuyo caso la solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, la solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

g) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 148
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento