Ayudas a proyectos colaborativos de clústeres y de plataformas de competitividad e innovación empresaria 2020.

Código de ayuda:

S44546/20

Norma:

RESOLUCIÓN 152E/2020, de 29 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de agosto de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 75.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de esta subvención es fomentar la acción colaborativa de las empresas de Navarra y su participación en proyectos para mejorar su competitividad, a través de organizaciones clúster y plataformas de competitividad e innovación empresarial.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Política Económica y Empresarial y Trabajo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las actuaciones subvencionables deberán encuadrase en alguno de los siguientes supuestos:

a) Las áreas económicas priorizadas por la S3 - Navarra (Automoción y mecatrónica, Cadena alimentaria, Energías renovables y recursos, Salud, Turismo integral e Industrias creativas y digitales).

b) Una tecnología facilitadora en las citadas áreas.

c) Una de las cadenas de valor habilitadoras identificadas en el Plan Industrial de Navarra 2020.

2. Las líneas de actuación subvencionables serán las siguientes:

2.1. Línea A. Consolidación de clústeres.

Dentro de esta línea se subvencionarán las siguientes actuaciones dirigidas a fortalecer la estructura de los clústeres.

2.1.1. Actividades básicas para el funcionamiento del clúster:

a) Gestión: Actividades comunes de gestión: promoción del clúster, visitas y captación de socios, la organización de juntas y asambleas, representación institucional, gestión económico-administrativa de la entidad (cuentas, ayudas, cuotas...).

b) Comunicación: Actuaciones de comunicación del clúster, presencia en la web, boletines informativos, colaboración en jornadas de terceros, difusión de actividades propias y de terceros.

c) Jornadas y networking: Organización de jornadas, acciones formativas, seminarios y eventos dentro de la actividad de difusión del clúster o sector, información sobre tecnologías o tendencias generales.

d) Planes de gestión anuales: trabajos de adaptación del plan estratégico a la definición de actividades anuales.

2.1.2. Actividades estructurales avanzadas:

a) Dinamización de la cooperación: dinamización y seguimiento de grupos/comisiones/mesas de trabajo de empresas, permanentes o temporales, a través de un trabajo estructurado orientado a una temática o a
la consecución de un objetivo común (ej: definición de proyectos de I+D, servicios compartidos...)

b) Comercialización e Internacionalización: Organización de eventos de promoción comercial nacional o internacional, asistencia a ferias en el exterior, misiones comerciales directas e inversas, análisis de mercados, o colaboración con actuaciones del Plan Internacional de Navarra.

c) Innovación: servicios propios dirigidos a las empresas de promoción de la I+D+i (tanto tecnológica como no tecnológica), intermediación oferta-demanda o vigilancia tecnológica.

d) Estrategia: plan estratégico de la organización clúster a medio plazo, trabajos de mapeo o caracterización del clúster, vigilancia estratégica e inteligencia competitiva.

2.1.3. Medidas urgentes COVID19:

a) Medidas Covid-19: acciones relativas a los apartados 2.1.1 y 2.1.2 de esta base dirigidas específicamente a afrontar la actual crisis sanitaria y sus consecuencias sociales, económicas y empresariales, tales como acciones de comunicación e información, interlocución con organismos públicos, información sobre ayudas y normativas aplicables, espacios de reflexión conjunta, identificación de empresas en situación de riesgo económico y actuaciones para la recuperación (ej: soluciones para interrupción de cadena de valor o de reimpulso de la demanda, compra agrupada de EPIs...).

2.2. Línea B. Proyectos de colaboración.

Esta línea de actuación tiene por objeto fortalecer el potencial innovador y la competitividad de las empresas de un clúster o plataforma de innovación.

Dentro de esta línea se subvencionarán los proyectos orientados hacia la mejora competitiva de los asociados en alguno de los siguientes ámbitos: innovación tecnológica, innovación no tecnológica o de gestión, internacionalización, marketing, distribución y comercialización, mejoras productivas, estudios de implantación de infraestructuras comunes, desarrollo o modificación de estándares y normas de calidad o desarrollo de sistemas de vigilancia estratégica o tecnológica, mercados y competencia.

Debido a la situación actual, se valorarán especialmente aquellos proyectos que, basados en los ámbitos anteriores, tengan un especial foco para afrontar las necesidades actuales y futuras derivadas de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El presupuesto de gastos por proyecto, considerado acogible por el órgano gestor de las ayudas, deberá superar los 20.000 euros.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica propia y estar constituida bajo cualquier forma jurídica como entidad sin fines de lucro.

b) Tener su domicilio social en Navarra, constituyendo el territorio de la Comunidad Foral el ámbito geográfico de actuación prioritario. Además, al menos el 50% de los socios o miembros deberán tener su sede social o un centro de trabajo en Navarra.

c) Agrupar como mínimo a veinticinco asociados en el caso de un clúster, o diez asociados en el caso de una plataforma.

d) Tener como objeto social la mejora de la competitividad e innovación del conjunto de sus asociados.

e) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria impuesta por dichos motivos.

f) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias que establece el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.

La presentación de la solicitud de subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social a través de certificados telemáticos, en cuyo caso la solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, la solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

g) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 186
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento