Ayudas a planes de pensiones de los agricultores y ganaderos de la Comunidad de Castilla y Leon.

Código de ayuda:

S48755/08

Norma:

ORDEN AYG/1139/2008, de 18 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas dirigidas a los agricultores y ganaderos a título principal que participen en los planes de pensiones promovidos por las entidades financieras y por las
asociaciones y colectivos seleccionados por la Consejería de Agricultura y Ganadería, que suscribieron el preceptivo convenio de colaboración.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Otras

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La cuantía de la ayuda consistirá en un porcentaje de la aportación que deba ingresar el beneficiario con cargo al plan de pensiones, en función de la siguiente escala:

a) Si la media de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los ejercicios 2005, 2006 y 2007 es inferior a 16.527,83 €, la cantidad que resulte de aplicar el 50% a la aportación
realizada de acuerdo con el Anexo I.

b) Si la media de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los ejercicios 2005, 2006 y 2007, está comprendida entre 16.527,83 € y 21.035,42 €, la cantidad que resulte de aplicar el 40% a la aportación realizada de acuerdo con el Anexo I.

c) Si la media de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los ejercicios 2005, 2006 y 2007, está comprendida entre 21.035,43 € y 24.040,48 €, la cantidad que resulte de aplicar el 30% a la aportación realizada de acuerdo con el Anexo I.

2.– En el caso de declaraciones conjuntas, los límites anteriores se incrementarán en un 50 por 100, siempre que la media de los rendimientos netos totales declarados en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los tres últimos ejercicios económicos, procedan en más de un 50 por 100 de los rendimientos netos agrarios de dicho Impuesto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Agricultores y ganaderos.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ejercer la actividad agrícola o ganadera a título principal, tal como se indica en el artículo 3.1 a) de la Orden AYG/1112/2006.

b) Tener una edad comprendida entre los 40 y los 60 años en fecha 31 de diciembre de 2008.

c) No superar la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio del ejercicio 2007 el importe de 210.354,24 euros, en el caso de estar obligado a declarar por dicho Impuesto.

d) No superar la media de las bases imponibles del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los ejercicios 2005, 2006 y 2007 el importe de 36.060,73 euros en caso de tributación conjunta, ni el de 24.040,48 euros en caso de tributación individual.

e) Estar dado de alta en el Régimen especial agrario de la Seguridad Social o en el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, en función de su actividad agraria.

f) Haber cotizado en cualquier régimen de la Seguridad Social durante un periodo previo que permita completar, al cumplir los 65 años de edad, al menos 25 años de cotización.

g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

h) Tener domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

i) Comprometerse a ceder la titularidad de la explotación y a percibir las prestaciones del plan de pensiones en la parte correspondiente a las ayudas de la Consejería de Agricultura y Ganadería en forma de renta vitalicia, al cumplir los 65 años o edad de jubilación anticipada.

j) Comprometerse a suscribir alguno de los planes de pensiones definidos en los convenios de colaboración firmados a tal fin por las entidades promotoras y la Consejería de Agricultura y Ganadería, relacionados en el Anexo II, caso de resultar beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 125
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento