Ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Código de ayuda:
S01019/25Norma:
DECRETO 168/2024, de 26 de diciembre. RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 6 de febrero de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 12.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Por medio de esta resolución se efectúa la aprobación de la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos que fomenten actividades o acciones que contribuyan a generar contenidos de interés cultural en los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura por parte de personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, que desarrollen actividades en el ámbito territorial de Extremadura y que contribuyan a la participación de los extremeños en la vida cultural de su territorio.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
ExtremaduraConvoca:
Consejería de Cultura, Turismo, Jovenes y Deportes (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cantidad máxima de la ayuda no superará los 12.000,00 euros por proyecto y beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán concurrir al régimen de ayudas previstas en este decreto, las personas jurídico privadas que reúnan los siguientes requisitos:• Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Oficial autonómico o nacional correspondiente con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente.
• No tener ánimo de lucro.
• Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
• No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Requisitos:
Los proyectos de carácter cultural deberán reunir los siguientes requisitos:— Que se realicen en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la forma, tiempo y condiciones que se establecen en la presente resolución de convocatoria.
— Que estén relacionados con los siguientes dominios culturales:
1. Patrimonio cultural y natural (museos, sitios arqueológicos e históricos, paisajes culturales, patrimonio natural).
2. Presentaciones artísticas y eventos culturales (artes escénicas, música, festivales, ferias culturales).
3. Artes visuales y artesanías (bellas artes, fotografía, artesanías).
4. Libros y prensa (libros, periódicos y revistas, bibliotecas, ferias de libros).
5. Medios audiovisuales e interactivos (filmes y vídeos, radio y televisión, creación de archivos sonoros en internet).
6. Diseños y servicios creativos (moda, diseño gráfico, publicaciones).
Documentos asociados
Boletín:
16/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 10
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 10
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
16/01/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 10
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 10
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
