Ayudas a personas físicas y jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público por carretera para el fomento de las condiciones de seguridad y la incorporación de nuevas tecnologías y mejoras medioambientales, Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S33373/08

Norma:

RESOLUCIÓN PTO/1357/2008, de 29 de abril. ORDEN PTO/199/2008, de 25 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar el otorgamiento de ayudas a personas físicas y jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público por carretera para el fomento de las condiciones de seguridad y la incorporación de nuevas tecnologías y mejoras medioambientales.

Las subvenciones previstas en esta convocatoria se rigen por las bases reguladoras aprobadas por Orden PTO/199/2008, de 25 de abril.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Medio Ambiente y Energía
  • Prevención Riesgos Laborales
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se prorratearán en función del número de autorizaciones que disponga cada titular solicitante que haya implementado cualquiera de las medidas establecidas en la base primera de esta orden.

El importe de las ayudas será fijado en cada convocatoria en función del número, tipo (pesado o ligero) y ámbito (nacional, autonómico, comarcal o local) de las autorizaciones de transporte de que disponga la persona solicitante.

El importe de las ayudas es el siguiente:

Por cada autorización MDP ámbito nacional: 765,00 euros.
Por cada autorización MDP ámbito comarcal: 376,00 euros.
Por cada autorización MDP ámbito local: 269,00 euros.
Por cada autorización MDL: 100,00 euros.
Por cada autorización VD, para la realización de transporte discrecional: 435,00 euros.

Las autorizaciones a que se refiere este artículo tendrán que haber sido otorgadas por el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, y no tienen que encontrarse en ningún caso en situación de suspensión.
Las ayudas se distribuirán en función del número y el ámbito territorial de autorizaciones que disponga la persona solicitante. A estos efectos, y en el caso de autorizaciones de tipo VD, se tendrán en cuenta las autorizaciones de que fuera titular la persona solicitante el día de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. En el caso de autorizaciones del tipo MDP y MDL, las ayudas se distribuirán en función del número y el ámbito territorial de las autorizaciones que dispusiera la persona solicitante el 15 de abril de 2007.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a estas ayudas las personas físicas y jurídicas, residenciadas en Cataluña, que dispongan de autorizaciones de transporte público en vigor de las clases MDP, ámbitos local, comarcal y nacional; MDL de ámbito nacional; MDL de ámbito autonómico, y VD para la realización de transporte discrecional, otorgadas por el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, que cumplen con cualquiera de las medidas previstas en la base anterior.

Los beneficiarios no pueden incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas ayudas tienen por objeto fomentar la seguridad, la incorporación de nuevas tecnologías y la aplicación de mejoras medioambientales en el transporte por carretera en Cataluña mediante la adopción de cualquiera de las medidas siguientes:

a) Aplicación de sistemas de calidad o medioambientales, certificados de conformidad con las normas ISO, UNE 13816 o EMAS; en el caso de transportistas autónomos, disposición del Manual del conductor de la Guía para la implantación del ISO 9002 en PYMES de transporte de mercancías por carretera, o formación
del personal en el campo de las nuevas tecnologías.
b) Disposición de vehículos adaptados a la normativa EURO.
c) Disposición de sistemas de control de flotas y localización por satélite GPSGPRS.
d) Adaptación parcial o total de la flota para el uso de combustibles alternativos.
e) Aplicación de sistemas de prevención de riesgos laborales.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5127
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5128
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento