Ayudas a personas fisicas residentes en Melilla para la adquisicion de bicicletas destinadas a desplazamientos urbanos.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S34319/12

Norma:

Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 6 de septiembre de 2012. Melilla a 18 de septiembre de 2012. Melilla a 11 de abril de 2013. Melilla, a 1 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

Consultar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Colaborar con los gastos ocasionados con motivo de la adquisición por parte de ciudadanos residentes en Melilla, con una antigüedad mínima de dos años como residentes en el momento de publicación de la convocatoria correspondiente, mayores de dieciocho años, de bicicletas destinadas a desplazamientos urbanos, con el fin de fomentar actuaciones de hábitos de vida saludables, asociados a la práctica de una actividad física moderada, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Fomento, Juventud y Deportes (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe será de un 33% del importe total (impuestos incluidos) del precio de venta al público, hasta un máximo de 150 euros por subvención concedida, no pudiendo en ningún caso superar ese importe.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de bicicletas destinadas al desplazamiento urbano (urbanas, plegables, holandesas, con o sin asistencia al pedaleo) por ciudadanos mayores de dieciocho años con al menos dos años de antigüedad de residencia en la Ciudad Autónoma de Melilla.

Requisitos:

a) Ser residente en la Ciudad de Melilla, con al menos dos años de antigüedad en el momento en que se publique la correspondiente convocatoria.

b) Tener, al memos, dieciocho años de edad cumplidos en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria.

c) Haber justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla.

d) Encotrarse al corriente de pago con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria, la Hacienda autonómica y Recaudación de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Documentos asociados

Boletín: 14/09/2012
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4956
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 21/09/2012
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4958
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 16/04/2013
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5017
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 04/04/2014
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5118
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento