Ayudas a personas físicas para la creación y el desarrollo de las artes escénicas, musicales y cinematográficas en 2017.

Código de ayuda:

S22564/16

Norma:

ORDEN 2312/2016, de 14 de junio. Orden 2794/2016, de 2 de agosto. ORDEN 1397/2017, de 10 de mayo. Orden 2071/2017, de 10 de julio. ORDEN 544/2018, de 14 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de agosto de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan 16 ayudas para la creación y el desarrollo de las artes escénicas, musicales y cinematográficas, con el siguiente desglose:

a) Ayudas a autores para la creación de textos teatrales.
b) Ayudas a autores para la creación de guiones cinematográficos de largometraje.
c) Ayudas a compositores para la composición de partituras musicales.
d) Ayudas a coreógrafos para la creación de obras coreográficas.

El número de ayudas en cada modalidad será para cuatro proyectos culturales.

Los proyectos presentados deberán ser de nueva creación, originales y corresponderá a una idea personal de los solicitantes.

La obra final deberá tener:

a) Textos teatrales: Un mínimo de 25 folios, para una representación teatral de, al menos, cuarenta minutos de representación.

b) Guion cinematográfico: Un mínimo de 60 folios, para un largometraje de, al menos, sesenta minutos.

c) Composición de partitura musical: Partituras para una composición musical de, al menos, treinta minutos.

d) Obra coreográfica: La representación final deberá durar, al menos, treinta minutos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria es de 80.000 euros. Cada uno de los proyectos culturales tendrá un importe de 5.000 euros, que se financiará con cargo a la partida 48399 del programa 334A de la Dirección General de Promoción Cultural de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2017.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser madrileño o residente en la Comunidad de Madrid.

b) Tener la consideración de autor novel, entendiendo como tal al solicitante que no haya publicado, estrenado o exhibido de manera profesional más de tres obras en la modalidad a la que concurre.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 19/08/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 198
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/05/2017
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 127
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 26/07/2017
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 176
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/07/2017
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 176
Documento: Convocatoria 2017 Completa Descargar Documento
Boletín: 28/05/2018
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 126
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento