Ayudas a personas con discapacidad para el año 2006.

Código de ayuda:

S57337/05

Norma:

Decreto Foral 185/2005, de 28 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente Decreto establece las bases reguladoras de la concesión de Ayudas Públicas Individuales, en régimen de libre concurrencia, a personas con discapacidad en el ámbito de competencias de la Diputación Foral de Bizkaia.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Diputación Foral de Vizcaya (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiaras de las ayudas reguladas en el presente Decreto Foral, las personas que se encuentren interesadas y reúnan los requisitos regulados en la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas individuales se clasifican en los siguientes tipos:
1. Estimulación temprana.
2. Movilidad y comunicación.
a) Aumento de la capacidad de desplazamiento.
– Adquisición de sillas de ruedas.
– Adquisición de sillas de ruedas eléctricas
– Obtención del permiso de conducir.
– Adquisición de vehículos a motor.
– Adaptación de vehículos a motor.
b) Eliminación de barreras arquitectónicas
– Adaptación interna de la vivienda.
– Accesibilidad a la vivienda.
– Adquisición vivienda habitual accesible.
c) Potenciación de las relaciones con el entorno:
• Adquisición de ayudas técnicas.
– Aparatos de elevación.
– Gafas.
– Dispositivos y adaptaciones que permitan o faciliten la escritura en vista, relieve o braille, para su uso dentro del entorno de la vivienda, (no en el trabajo o centro formativo).
– Accesorios para teléfonos (indicadores y/o avisadores).
– Sistemas de transmisión de sonido.
– Audífonos (Prótesis auditivas).
– Fax.
– Ordenadores.
– Ayudas para telefonear/ teléfonos de texto, accesorios para teléfono- ayudas para marcar, amplificador de volumen.
– Otras.

Requisitos:

1. Residir legalmente en territorio español.
2. Empadronamiento en el Territorio Histórico de Bizkaia.
3. Grado de minusvalía igual o superior al 33% de conformidad con el Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre.
4. Edad inferior a 65 años.
5. Haber transcurrido un plazo superior a 5 años desde la concesión de ayuda por el mismo concepto, salvo cuando se trate de estimulación temprana.
6. Prescripción favorable del Equipo de Valoración y Orientación de la necesidad de recibir la ayuda solicitada.
7. Presentar en plazo la solicitud según modelo oficial, que se adjunta como Anexo .
8. Aportar dos presupuestos de diferentes empresas, salvo en los casos de ayudas para estimulación temprana, obtención del carnet de conducir y adaptación de vehículo, en los que solo será necesario un presupuesto.

Documentos asociados

Boletín: 13/12/2005
BO Provincia de Vizcaya- Nº 235
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento