Ayudas a pequeños comerciantes autónomos que abandonen la actividad comercial en desarrollo del programa cuatrienal de modernización del sector del comercio minorista de Galicia.

Código de ayuda:

S07355/03

Norma:

Orden de 18 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el relevo generacional de los empresarios individuales próximos a alcanzar la edad de jubilación en la actividad comercial y el rejuvenecimiento del tejido empresarial con la disponibilidad en el mercado de nuevos locales comerciales.

Categorías Subvención

    Localización del organismo gestor

    Galicia

    Convoca:

    Consellería de Innovación e Industria (Galicia)

    ¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

    Los cedentes percibirán, hasta alcanzar la jubilación definitiva y como máximo hasta el día en que cumplan los sesenta y cinco años de edad:
    - Un pago anual, con independencia del número de establecimientos comerciales que se posean y la variedad de actividades comerciales que se vinieran desempeñando, cuyo importe incluyendo las cuotas correspondientes a la Seguridad Social del beneficiario se fija en la cantidad de 10.000 euros hasta cumplir los sesenta y cinco años como máximo, prorrateándose la correspondiente al último año por meses completos, en función de aquel en que se alcance aquella edad.
    El primer año se percibirá dicho pago en su totalidad, sin prorrateo, en concepto de indemnización.

    - El cónyuge del cedente, tendrá derecho a percibir un 50% del importe fijado para el titular. En caso de producirse la jubilación del cedente, su cónyuge conservará el derecho a la ayuda que viniese percibiendo y durante el período de tiempo que le reste para causar derecho a su prestación por jubilación.

    Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    • Autónomos

    Detalle beneficiarios:

    Los comerciantes minoristas que tengan capacidad legal para ejercer el comercio y se dediquen a él habitualmente.

    ¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

    Indemnizaciones destinadas a fomentar el relevo generacional de
    empresarios individuales próximos a alcanzar la edad de jubilación en la actividad comercial.

    Requisitos:

    Requisitos del titular:
    a) Poseer la condición de comerciante según la legislación mercantil.
    b) Haber ejercido, como titular del comercio, una o varias de las actividades comerciales, de forma ininterrumpida durante los últimos diez años.
    c) Haber cumplido sus obligaciones tributarias y en materia de Seguridad Social, no tener deudas por ningún concepto con la Xunta de Galicia y estar en posesión de los correspondientes permisos y licencias municipales expedidos por los ayuntamientos respectivos.
    d) Tener entre sesenta y sesenta y cuatro años de edad en el momento de la solicitud. No se otorgará ayuda alguna a quien durante el año 2004 cumpla los sesenta y cinco años.
    e) Estar dado de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social los diez últimos años de forma ininterrumpida, salvo en el supuesto que se indique en esta Orden.
    f) Comprometerse a abandonar el ejercicio profesional de la actividad comercial de carácter minorista en nombre propio, como autónomo, así como a ceder todos los establecimientos comerciales o los locales
    de negocio en los que venía desarrollando la actividad comercial, obligándose a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses de demora desde su pago, en caso de reiniciar cualquier actividad comercial.

    Documentos asociados

    Boletín: 29/12/2003
    DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 251
    Documento: Convocatoria Descargar Documento