Ayudas a organizaciones y movimientos sociales que desarrollan actividades en favor de la paz y los derechos humanos en Euskadi.

Código de ayuda:

S18964/09

Norma:

ORDEN de 18 de febrero de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, otorgará durante el ejercicio 2009 para la realización de programas y proyectos de actividades e iniciativas en favor de valores universales como la Paz y los Derechos Humanos en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma. Quedarán excluidos del objeto de la presente Orden aquellas actividades, programas o iniciativas que consistieren exclusivamente en la entrega de premios.

Los programas y actividades se llevarán a cabo a lo largo del año 2009.

Las ayudas contempladas en la presente Orden se otorgarán mediante el procedimiento de concurso, evaluando las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, según los criterios relacionados en el artículo 6, y adjudicándose sólo aquéllas que hubieren obtenido mayor puntuación.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación económica destinada a este Programa de subvenciones es de seiscientos ochenta y dos mil ciento noventa y tres (682.193,00) euros con cargo a la partida prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2009.

La cuantía de la ayuda se fijará teniendo en cuenta los criterios establecidos en el artículo 6 de la presente Orden, pudiendo alcanzar hasta el 100% del presupuesto que resulte aprobado para cada programa presentado.

Del importe total de la subvención concedida, el 10% podrá destinarse a gastos administrativos y de funcionamiento, excluidos sueldos y salarios, salvo que

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas objeto de la presente Orden las personas jurídicas de carácter privado y sin ánimo de lucro legalmente constituidas, cuyos objetivos, de acuerdo con lo previsto en sus estatutos sociales, fueren la consecución de la Paz y los Derechos Humanos, y que los procedimientos para alcanzarlas fueren exclusivamente pacíficos y democráticos.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 50
Documento: Regulación, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento