Ayudas a organizaciones profesionales, asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud y entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro, para su funcionamiento y organización de actividades de formación continua del personal, durante el año 2020.

Código de ayuda:

S67446/20

Norma:

ORDEN de 27 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de febrero de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto regular y convocar ayudas destinadas a financiar los gastos
derivados de:

a) La constitución o el funcionamiento de organizaciones profesionales, asociaciones y entidades científicas, todas ellas sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud, con domicilio oficial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que faciliten a las y los profesionales de la salud formación y actualización técnica o fomenten la investigación sanitaria.

b) La organización de actividades de formación continuada, dirigidas a profesionales de la salud que se realicen durante el año 2020 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Salud (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global de los recursos económicos destinados en el año 2020 a las finalidades de la presente Orden, procedentes de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, asciende a la cantidad de setenta y nueve mil cuatrocientos nueve (79.409,00) euros con la siguiente distribución:

a) Ayudas a la constitución o funcionamiento de entidades, treinta y un mil setecientos sesenta y cuatro (31.764,00) euros.

b) Ayudas a la organización de actividades de formación continuada, cuarenta y siete mil seiscientos cuarenta y cinco (47.645,00) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, podrán beneficiarse de las ayudas las organizaciones profesionales, asociaciones y entidades científicas, todas ellas sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud, con domicilio oficial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que faciliten a las y los profesionales de la salud formación y actualización técnica o fomenten la investigación sanitaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La constitución o el funcionamiento durante el año 2020, de organizaciones profesionales, asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud, y de las entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro, con domicilio oficial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que faciliten al personal profesional de la salud formación y actualización técnica o fomenten la investigación sanitaria.

Se entenderán comprendidos en el concepto de gastos de constitución de entidades los originados con ocasión de la celebración de reuniones preparatorias de la misma, su difusión, las actuaciones en registros públicos y notariales que se realicen, las obligaciones fiscales, siempre que no se trate de impuestos indirectos susceptibles de recuperación o compensación, ni impuestos personales sobre la renta, los gastos de administración y de personal.

Se considerarán gastos de funcionamiento de las entidades, los derivados de la organización de reuniones en el transcurso de su actividad de administración, de personal, de publicaciones, de desplazamientos del personal de la Junta Directiva, de amortizaciones.

No se considerarán gastos de funcionamiento los gastos sociales como comidas y gastos protocolarios, ni los generados por la concesión de becas, premios o ayudas por la entidad solicitante.

b) La organización de actividades de formación continuada dirigidas al personal sanitario entendiendo por tales: los congresos, simposios, jornadas, seminarios, conferencias, cursos y talleres que se celebren durante el año 2020 y que tengan lugar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Las actividades formativas para las que se soliciten ayudas deberán estar acreditadas por el Consejo Vasco de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias, o entidad equivalente de otras comunidades autónomas, o haber presentado la correspondiente solicitud de acreditación ante la entidad correspondiente, acompañada de todos los documentos que resulten exigibles con arreglo a lo dispuesto en el procedimiento de acreditación, con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 262
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento