Ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la dotación de fondos en los centros y servicios bibliotecarios municipales.

Código de ayuda:

S38373/22

Norma:

ORDEN 724/2022, de 24 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de julio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar ayudas en concurrencia no competitiva dirigidas a municipios de la Comunidad de Madrid titulares de centros y servicios bibliotecarios receptores de las cuantías destinadas a tales centros y servicios según el Componente 24.”Revalorización de la industria cultural”. I2
“Dinamización de la cultura a lo largo del territorio”, en el proyecto C.24.I2.P4. “Dotación de bibliotecas”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia transferidos a la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito total asciende a 429.966,90 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios todos los municipios de la Comunidad de Madrid que, a fecha de la presente convocatoria sean titulares de un centro bibliotecario incluido en el Directorio de Bibliotecas Españolas dentro de la tipología de bibliotecas públicas ( http://directoriobibliotecas.mcu.es/dimbe.cmd?apartado=portada ), incluyendo los puntos de servicio de extensión bibliotecaria de su titularidad, tales como bibliómetro. Los centros bibliotecarios y puntos de servicio receptores de fondos deberán formar parte de la recogida de datos anual sobre bibliotecas públicas españolas. Esta circunstancia se comprobará de oficio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El gasto subvencionable es exclusivamente la compra de libros en soporte papel.

Con la finalidad de cumplir con el “objetivo de obligado cumplimiento (número de libros adquiridos)”, especificado en el Acuerdo del Consejo de Ministros celebrado el 13 de julio de 2021, en lo que se refiere al proyecto C.24.I2.P4. “Dotación de bibliotecas”, que marca, para el total de centros de la Comunidad de Madrid, un mínimo de 22.866 ejemplares a adquirir con cargo a los fondos, teniendo en cuenta el total de centros y servicios receptores, de todas las titularidades, el número mínimo de ejemplares a adquirir por biblioteca o punto de servicio será de 98 unidades, de modo que si se recibieran fondos con destino a más de una biblioteca o servicio, el total de ejemplares a adquirir será el resultante de multiplicar esta cantidad de 98 ejemplares por el total de centros bibliotecarios y servicios con destino a los cuales se adquieran fondos bibliográficos.

En ningún caso se considerarán subvencionables, cualquiera que fuera su formato, materiales audiovisuales, contenido multimedia (salvo que acompañen, accesoriamente, a un libro con ISBN en soporte papel) ni las publicaciones periódicas.

La adquisición deberá haberse realizado dentro del período subvencionable establecido en esta convocatoria.

El contenido y la temática de los libros serán los técnicamente adecuados para las bibliotecas y servicios de lectura pública de uso general: literatura (poesía, novela, ensayo), y cualquiera otra materia o/y temática que se considere de interés para los usuarios de la biblioteca o punto de servicio a criterio de los técnicos bibliotecarios.

Entre las adquisiciones deberá incorporarse al menos un 1 por 100 de los títulos de materiales inclusivos como obras de lectura fácil y/o de letra grande, así como fondos bibliográficos que permitan la accesibilidad de personas con distintos tipos de discapacidad. Se entiende por “lectura fácil” un método de adaptación y redacción de materiales que pretende hacer accesible la información y la cultura a las personas con dificultades de comprensión lectora. Por su parte “letra grande” es un proceso editorial que favorece la lectura a personas con problemas de visión a través del uso de caracteres con tamaño mayor al habitual, sin que esté referido a libros infantiles.

Las adquisiciones deberán corresponder a títulos en lengua castellana, salvo un 10 por 100 de los títulos que podrá adquirirse en lenguas diferentes del castellano, incluidas extranjeras.

Los fondos bibliográficos impresos adquiridos con cargo al fondo deberán permanecer en la colección de la biblioteca durante un período mínimo de cinco años desde su llegada a la biblioteca, salvo en el caso de expurgo por deterioro. No se aplicará esta obligación en casos tales como robos, pérdida por el usuario, no devolución de préstamos u otros similares.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 140
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 14/06/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 140
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento