Ayudas a los servicios de asistencia, diagnóstico y soporte en la implantación de soluciones de Empresa digital e Industria 4.0 para su realización en empresas gallegas (programa Re-accionaTIC), cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S41773/16

Norma:

RESOLUCIÓN conjunta de 14 de octubre de 2016,

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de mayo de 2017. Consultar programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a las pymes destinatarias de los siguientes servicios de asistencia, diagnóstico y soporte en la implantación de soluciones de Empresa digital por parte de Amtega e Industria 4.0 por parte del Igape, para su realización en empresas gallegas, dentro del Programa Re-accionaTIC.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía y Hacienda (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas previstas en estas bases reguladoras se configuran como ayudas en especie de la disposición adicional tercera de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Dicha ayuda se conforma como la diferencia entre el coste abonado por el Igape por la prestación del servicio y el importe exigido a las beneficiarias en concepto de cofinanciación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (pymes), incluyendo los autónomos, comunidades de bienes, asociaciones, fundaciones o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo actividad empresarial. En cualquier caso, deberán tener radicado algún centro de trabajo en Galicia y cumplir la definición de pyme. Para esta definición se utilizará la establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio de 2014), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Empresa digital:

1º. Servicio de diagnóstico para la aplicación de soluciones digitales en la empresa.

2º. Servicio de soporte para la adopción y despliegue de soluciones en movilidad.

3º. Servicio de asistencia para la adopción de soluciones digitales innovadoras para la mejora de la gestión empresarial.

4º. Servicio de acompañamiento en la definición y puesta en marcha de estrategias de marketing digital.

Industria 4.0:

1º. Servicio de diagnóstico de capacidades y oportunidades para la aplicación de soluciones Industria 4.0.

2º. Servicio de acompañamiento en la puesta en marcha de soluciones Industria 4.0.

3º. Servicio de generación de modelos y simulación industrial.

Documentos asociados

Boletín: 26/10/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/10/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento