Ayudas a los sectores agrario, alimentario y pesquero, para el mantenimiento de la actividad productiva y comercial, acogidas al marco temporal de ayudas como consecuencia de la alarma provocada por el Covid-19.

Código de ayuda:

S14782/20

Norma:

ORDEN de 8 de abril de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el agotamiento total de los fondos, o el 30 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 120.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto del presente anexo establecer las bases reguladoras que han de regir la convocatoria, para el ejercicio 2020, de las ayudas extraordinarias para contribuir al mantenimiento de la capacidad productora, transformadora y comercializadora de los sectores agrario, alimentario y pesquero de la Comunidad Autónoma del País Vasco afectados por la crisis del Covid-19.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Las ayudas por empresa o autónomo activo en los sectores de la pesca y la acuicultura, cuyo tope serán 120.000 euros.

b) Las ayudas por empresa o autónomo activo en la producción primaria de productos agrícolas cuyo tope serán 100.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden las personas físicas o jurídicas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan los requisitos legales y demás previstos en estas bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Hortalizas: lechuga, pimiento, tomate y otras procedentes de explotaciones de la CA de Euskadi.

B) Frutas: manzana, pera, kiwi, frutos rojos y otros procedentes de explotaciones de la CA de Euskadi.

C) Cereales y tubérculos: procesado en fresco de patata y cereales.

D) Cárnico: piezas cárnicas procedentes del sacrificio de vacuno, ovino, caprino, porcino, equino, aviar.
E) Pesca: almacenamiento de Caballa previamente congelada.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 74
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento