Ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.

Código de ayuda:

S33237/21

Norma:

ORDEN de 2 de junio de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de julio de 2021

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Orden convocar para el ejercicio 2021 las ayudas M03.1 Ayuda a la participación por vez primera de agricultores en regímenes de calidad y M03.2 Ayuda a las actividades de información y promoción implementadas por agrupaciones de productores para el mercado interno.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) M03.1: Ayuda a la participación de agricultores en regímenes de calidad por primera vez.
La ayuda consistirá en una prima anual por explotación cuyo importe se determinará en función del nivel de los costes fijos ocasionados al solicitante por su participación en regímenes de calidad, desde el año de inscripción del beneficiario hasta un máximo de 5 años.

b) M03.2: Ayuda a las actividades de información y promoción realizadas por agrupaciones de productores para el mercado comunitario en relación con productos cubiertos por un régimen de calidad. La ayuda será en forma de subvención directa sobre un porcentaje de los costes subvencionables de las acciones de información y promoción elegibles.

Requisitos:

Los establecimientos a los que estén ligados los gastos subvencionables deben estar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Vasca.
Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de las obligaciones de pago por reintegro de subvenciones.
No encontrarse sancionadas penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
En el caso de estar incursas en procedimiento de reintegro o sancionador en vía administrativa, las ayudas estarán condicionadas a la resolución del mismo, siendo denegadas en caso de que las sanciones se vean confirmadas.

Documentos asociados

Boletín: 17/06/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 118
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2021 Descargar Documento