Ayudas a los procesos y actividades de internacionalización de las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S10628/04

Norma:

Orden 2221/2004, de 6 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de ayudas para los proyectos y actuaciones relacionados con los procesos y actividades de internacionalización de la pequeña y mediana empresa madrileña y que a continuación se detallan:
— Promoción internacional y difusión de productos y/o servicios.
— Promoción ferial internacional.
— Contratación de expertos especializados en comercio exterior.
— Elaboración de planes de márketing para la internacionalización.
— Cooperación empresarial.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Cooperación empresarial
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Una subvención directa de hasta el 50% sobre el presupuesto aprobado y aceptado por el Instituto Madrileño de Desarrollo para realización del proyecto y/o actividad, a excepción de la bolsa de viaje.
Dicho porcentaje podrá incrementarse hasta un 75% si el beneficiario directo de las ayudas es un organismo intermedio.

Además, quedan establecidos los siguientes límites máximos de subvención para cada una de las líneas de apoyo:
a) Promoción internacional y difusión de productos y/o servicios: 12.500 euros.
b) Promoción ferial: 15.000 euros.
c) Contratación de expertos especializados en comercio exterior: 21.000 euros.
d) Elaboración de planes de márketing para la internacionalización: 15.000 euros.
e) Cooperación empresarial: 30.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas y los organismos intermedios que vengan desarrollando una actividad industrial y/o de servicios en el ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Promoción internacional y difusión de productos y/o servicios:
a) Apoyo a la realización de material promocional que contribuya a la difusión internacional de los productos y de los servicios de empresas de la Comunidad de Madrid, que vaya destinado a una actividad innovadora dentro la empresa para la captación de nuevos mercados.
b) Tendrán consideración de gastos subvencionables los correspondientes al diseño, maquetación e impresión de material promocional en cualquiera de sus modalidades, tales como catálogos, materiales audiovisuales, telemáticos y demás materiales análogos. Quedan excluidos los gastos referentes a inserciones publicitarias o productos de propaganda y las ediciones de venta al público. Igualmente quedan excluidos aquellos materiales de promoción de carácter de temporada y/o habitual o los que de forma periódica sean objeto de actualización por parte de la empresa solicitante.
El material promocional objeto de subvención deberá estar elaborado al menos en una lengua extranjera.

2. Promoción ferial internacional:
a) Apoyo a la participación efectiva en ferias y exposiciones comerciales de carácter internacional.
A este respecto, se entenderá por ferias y exposiciones comerciales en territorio nacional de carácter internacional aquellas que, anualmente, son declaradas como tales por la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y Pymes del Ministerio de Economía.
b) Tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos inherentes a la puesta en funcionamiento de un stand o espacio de exposición, tales como el alquiler, montaje, gestión y decoración del mismo, así como los gastos consecutivos de transporte, desde y hasta la Comunidad de Madrid de los productos a exponer, inserción de publicidad en el catálogo oficial de la feria y, de forma complementaria, los gastos de viaje por los importes correspondientes a la bolsa de viaje del país
de destino.

3. Contratación de expertos especializados en comercio exterior:
a) Apoyo a la contratación de forma indefinida de un experto especializado en Comercio Exterior.
La contratación se realizará con el fin de llevar a cabo en el seno de la Pyme madrileña las labores de estudio, promoción, asesoramiento y negociación necesarios para la promoción exterior de la misma.
b) El perfil de la persona seleccionada deberá reunir las siguientes características:
— Ser titulado o poseer una experiencia profesional demostrable en el ámbito del comercio exterior de, al menos, cinco años.
— Conocimiento de idiomas.

4. Elaboración de planes de máketing para la internacionalización:
a) Apoyo a la elaboración de estrategias/planes globales dirigidos hacia la internacionalización: Nuevos planteamientos de mercado; innovación en los procesos de distribución y comercialización de productos; lanzamiento de nuevos productos y marcas; apertura nuevos mercados.
b) Tendrán consideración de gastos subvencionables los gastos externos de consultoría especializada.

5. Cooperación empresarial:
a) Apoyo al desarrollo de proyectos empresariales en el exterior de carácter productivo, comercial, tecnológico o de inversión conjunta en capital, entre Pymes, grupos de Pymes y asociaciones empresariales, económica y jurídicamente independientes que, movidas por la reciprocidad de ventajas y la búsqueda de sinergia que puedan contribuir a incrementar su competitividad, deciden colaborar estrechamente para de esta forma reducir riesgos y/o compartir costes.
b) Tendrán consideración de gastos subvencionables los gastos externos de consultoría, gastos notariales y registrales, gastos en materiales, muestras, ensayos con fines demostrativos, así como los gastos originados en el proceso de creación y desarrollo de una estructura de cooperación: Consorcio, asociación empresarial, etcétera.
Igualmente, y para organismos intermedios, tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos de difusión, documentación relacionada con proyectos de dinamización y promoción de la cooperación internacional.

Requisitos:

- No podrán ser subvencionadas por este programa las empresas pertenecientes a los sectores excluidos en el Reglamento (CE)
número 69/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de “mínimis”, y de forma específica el sector del transporte y las actividades relacionadas con la producción, transformación o comercialización de los productos que figuran en el Anexo I del Tratado de la Unión Europea.

- En ningún caso serán objeto de subvención las actividades relacionadas con la exportación, así como el establecimiento y la explotación de redes de distribución y los gastos corrientes vinculados a una actividad exportadora.

- Igualmente no será objeto de subvención las empresas incluidas en los sectores de actividad de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas del 61 al 66, ambos inclusive, salvo si la solicitante es empresa comercializadora filial o participada por otra de naturaleza industrial, con centro fabril en la Comunidad de Madrid.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 93
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 17/12/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 300
Documento: Anulación de Convocatoria para 2005 Descargar Documento