Ayudas a los planes de reestructuracion y reconversion de la viña.- Convocatoria 2010/2011.

Código de ayuda:

S03637/11

Norma:

AAR/62/2009, de 18 de febrero. AAR/175/2009, de 6 de abril. AAM/2/2011, de 13 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de la viña para la campaña 2010-2011.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para cada medida, sólo serán auxiliables para la ayuda las acciones que se hayan previsto en el plan aprobado previamente. Con el fin de tener derecho a la ayuda se deben haber ejecutado al menos el 80% de la superficie para la que se ha solicitado la ayuda.No se financiará la acción de arranque en las superficies en donde se utilicen derechos de replantación no generados en la aplicación del plan de reestructuración correspondiente.

No se financiarán las acciones de abancalamiento, abancalamiento con muros de piedra en pendientes superiores al 30% y reposición de tierras que contravengan la normativa medioambiental vigente.

2. El límite máximo de superficie por solicitud de ayuda y año será de 3 hectáreas. En el caso de solicitar adelanto, la superficie computa en el año en que se hace la solicitud de ayuda por adelanto.

3. El coste subvencionable para cada acción será el módulo publicado en el anexo 2 de la Orden. El porcentaje de financiación será el que se establece en el apartado 8.3 de estas bases reguladoras y en ningún caso superará el 50% del coste en el caso de planes colectivos y el 42,5% en el caso de planes individuales.

Para las acciones de abancalamiento, abancalamiento con muros de piedra en pendientes superiores al 30% y reposición de tierras, el coste subvencionable estará limitado también por el coste efectivo justificado mediante la factura o el informe técnico. El informe técnico no podrá justificar un coste superior al 50% del módulo publicado en el anexo 2 de la Orden, de acuerdo con lo que se establece en el punto
4.4.2 de estas bases.

4. Se compensará a los/las viticultores/as por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del plan. La compensación se concederá:

Por un importe de 1.700,00 euros/ha, que corresponde a dos campañas sin ingresos, en el caso de medidas de reestructuración que incluyan arranque.

Por un importe de 850,00 euros/ha, que corresponde a una campaña sin ingresos, en el caso de medidas de reconversión que incluya la acción de pasar del sistema de vaso a emparrado o a reinjerto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas viticultoras integradas en un plan colectivo o titulares de un plan individual que haya sido aprobado al amparo de la Orden AAR/62/2009, de 18 de febrero, modificada por la Orden AAR/175/2009, de 6 de abril.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda tiene carácter de subvención directamente aplicable a los gastos ocasionados por:

a) Compensar a las personas productoras participantes en el plan, por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del plan.

b) Participar en los gastos de la reestructuración y/o reconversión de la viña.


Documentos asociados

Boletín: 27/02/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5328
Documento: Orden AAR/62/2009, de 18 de febrero Descargar Documento
Boletín: 14/04/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5358
Documento: Orden AAR/175/2009, de 6 de abril Descargar Documento
Boletín: 20/01/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5800
Documento: Bases y Convocatoria 2010/2011. Descargar Documento