Ayudas a los padres y/o madres que ejerciten el derecho de reducción de la jornada laboral como medida de conciliación de la vida familiar y laboral.

Código de ayuda:

S16982/05

Norma:

Orden FAM/1970/2004, de 23 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia pública de ayudas económicas a los trabajadores por cuenta ajena que ejerciten el derecho a la reducción de jornada laboral.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de ayuda para el trabajador que reduce su jornada será con independencia del porcentaje de reducción de jornada, de hasta 1500 euros para un periodo de seis meses o más meses, prorrateándose, dicho importe máximo, por meses completos, para períodos de reducción inferiores de acuerdo con la siguiente escala:
– Entre tres y cuatro meses de reducción de jornada: 750 euros.
– Más de cuatro meses y menos de cinco de reducción de jornada: 1.000 euros.
– Más de cinco meses y menos de seis de reducción de jornada: 1.250 euros.
– Seis o más meses de reducción de jornada: 1.500 euros.

Si en el momento en que se dicte la resolución de concesión el trabajador se encuentra, disfrutando de su reducción de jornada en los seis primeros meses, a los efectos de cuantificación de la ayuda se tomará como período de reducción de jornada el que figure en el Acuerdo firmado entre empresario y trabajador.
3.– Los importes de la ayuda señalados en el punto anterior se incrementaran en un 20% cuando el beneficiario de la ayuda sea un hombre y la jornada se hubiera reducido para conciliar la vida familiar y laboral.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores por cuenta ajena encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social que, en los seis meses anteriores a la reducción de jornada, hubieran venido prestando servicios en la misma empresa a jornada completa, siempre que reduzcan su jornada para conciliar la vida familiar y laboral cuando, en la fecha de solicitud, tengan a su cargo a hijos menores de seis años o al cónyuge o ascendientes mayores de 65 años o menores de 65 años con reconocimiento de jubilación o con grado de minusvalía, como mínimo del 33% que convivan con ellos.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 2
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento