Ayudas a los operadores de transporte de la Comunitat Valenciana para el impulso de actividades dirigidas al apoyo y fomento del sector del transporte público por carretera.

Código de ayuda:

S33055/08

Norma:

ORDEN de 22 de abril de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas dirigidas al apoyo del sector del transporte público por carretera mediante el impulso de actividades dirigidas a mejorar la calidad en la prestación y gestión de los servicios
de transporte por carretera.

Aprobar las bases por las que se regula la presente convocatoria de subvenciones, que figuran como anexo I de la presente orden, así como el modelo de instancia, incluido como anexo II.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Infraestructuras y Transportes (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El módulo unitario de ayuda a aplicar para cada tarjeta de vehículo o copia certificada del vehículo relativa a cada autorización de empresa será el siguiente:

765 € (setecientos sesenta y cinco euros) por cada vehículo de autorización MDP.
100 € (cien euros) por cada vehículo de autorización MDL.
435 € (cuatrocientos treinta y cinco euros) por cada vehículo de autorización VD.

La cuantía de la subvención se determinará en función del valor unitario que fije la convocatoria para cada tarjeta o copia certificada de autorización de empresa de transporte MDL, MDP o VD.
Así la cuantía de la ayuda se fijará aplicando el citado valor unitario al número de tarjetas o copias certificadas de autorización de empresa de transporte en cada clase de vehículo (pesado, ligero, autobús)
de que disponga el solicitante, con un límite máximo de cien mil euros (100.000 €) por solicitante.
En todo caso, el importe de las ayudas no podrá hacer que las ayudas totales de minimis que reciba la empresa durante un periodo de tres ejercicios fiscales sea superior a cien mil euros (100.000 €).
Del mismo modo las ayudas concedidas no podrán acumularse con ninguna ayuda pública correspondiente a los mismos gastos subvencionables si dicha acumulación da lugar a una intensidad de ayuda superior a los citados cien mil euros (100.000 €).
Las tarjetas y autorizaciones a que se refiere este artículo deben haber sido otorgadas por la conselleria de Infraestructuras y Transporte con anterioridad a la fecha de publicación de la orden de convocatoria de ayudas, y no podrán en ningún caso encontrarse en situación de suspensión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a las ayudas convocadas las personas físicas y jurídicas, residenciadas en la Comunitat Valenciana, que dispongan de autorización de transporte público en vigor otorgada por la conselleria de Infraestructuras y Transporte, de las clases MDL, MDP ó VD de transporte discrecional.

En ningún caso podrá ser beneficiario de la subvención la persona física o jurídica, o la entidad que incurra en alguno de los supuestos señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas ayudas tienen por objeto apoyar la modernización del sector del transporte público por carretera en la Comunitat Valenciana mediante la adopción de algunas de las medidas siguientes tendentes a garantizar mayores niveles de calidad en la prestación y gestión de los servicios de transporte público por carretera:

a) Incorporación de sistemas de calidad o medioambientales, certificados de conformidad con las normas ISO, UNE 13816 o EMAS, así como en el caso de transportistas autónomos, la disposición del Manual del conductor de la Guía para la implantación de la ISO 9002 en PYMES de transporte de mercancías por carretera, o formación del personal en el campo de las nuevas tecnologías.
b) Introducción de nuevas tecnologías en el sistema de gestión de la empresa.
c) Implantación de sistemas de control y gestión de flotas.
d) Aplicación de sistemas de prevención de riesgos laborales.
e) Participación en actividades destinadas a la formación general de transportistas.

Las ayudas destinadas a fomentar las actividades señaladas se acogen al régimen de minimis contemplado en el Reglamento CE 1998/2006 de 15 de diciembre de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5757
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento