Ayudas a los emprendedores y a la micro, pequeña y mediana empresa de las Illes Balears para cubrir el coste del aval de la Sociedad de Garantia Reciproca de las Illes Balears o los intereses de operaciones de financiacion de inversiones productivas y liquidez de las PYME en las Illes Balears.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S12746/12

Norma:

Palma, 12 de abril de 2012.

Plazo de Solicitud:

Desde la formalización de la operación de crédito con la entidad financiera hasta el día 5 de diciembre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular para el ejercicio de 2012 el otorgamiento de ayudas a los emprendedores y a la micro, pequeña y mediana empresa de las Illes Balears que tengan aprobadas operaciones financieras avaladas por la Sociedad de Garantía Recíproca de las Illes Balears (ISBA, SGR), destinadas a la financiación de nuevas inversiones productivas o para liquidez, formalizadas entre el 1 de diciembre de 2011 y el 30 de noviembre de 2012.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de préstamo sobre la que se calcula la ayuda es de 750.000 euros por beneficiario, independientemente que se realicen en una o más operaciones financieras o que el importe pueda superar esta cifra.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, domiciliadas o que realicen un proyecto de inversión
en las Illes Balears, que cumplan los requisitos de las microempresas o las pymes recogidas en la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, y que tengan aprobadas las operaciones financieras mencionadas en las letras a) y b)
del artículo 4.1 del Decreto 29/2011 y las formalicen entre el 1 de diciembre de 2011 y el 30 de noviembre de 2012.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El coste del aval que formalicen con ISBA, SGR, y, en su caso, los intereses de estas operaciones financieras, en el marco del Decreto 29/2011, de 1 de abril, de medidas urgentes en materia de financiación de inversiones productivas y liquidez de las pymes en las Illes Balears.

Documentos asociados

Boletín: 17/04/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 54
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento