Ayudas a los cultivadores de pepinos en determinados ámbitos territoriales de Andalucía.

Código de ayuda:

S03182/04

Norma:

Orden APA/282/2004, de 10 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Compensar las pérdidas económicas derivadas de los daños extraordinarios provocados por el virus de las venas amarillas del pepino (CVYV), en los cultivos de pepinos en los términos municipales de las Comarcas del Bajo Andarax-Nijar, Costa de Levante y Campo de Dalías, de la provincia de Almería.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Los importes de los préstamos objeto de bonificación de intereses
no podrán superar la cuantía de 12.000 euros por titular, bien sea persona física o entidad asociativa.
- Los módulos unitarios para determinar el importe de los préstamos
citados serán los que establezca la Junta de Andalucía, teniendo en cuenta, tanto la aplicación de las medidas preventivas de necesario cumplimiento, como la compensación de las pérdidas derivadas de la enfermedad, sin que su importe pueda superar la cuantía de 6.000 euros por hectárea.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones de pepino situadas en los términos municipales de la provincia de Almería mencionados en la Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Bonificaciones al tipo de interés de los préstamos concedidos por las Entidades financieras con la finalidad de compensar las pérdidas económicas derivadas de los daños extraordinarios provocados por el virus de las venas amarillas del pepino (CVYV), y que, a tal fin, hayan suscrito Convenio de Colaboración con la Administración competente, así como al importe de los avales necesarios que pueda conceder la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA).

Requisitos:

Comprometerse fehacientemente a cumplir lo establecido en la Orden de 12 de diciembre de 2001, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se establecen las medidas de control obligatorias así como las recomendadas en la lucha contra las enfermedades víricas en los cultivos hortícolas.

Documentos asociados

Boletín: 13/02/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 38
Documento: Convocatoria Descargar Documento