Ayudas a los centros que deseen liberar a profesores/as para participar en cursos de euskera del programa IRALE a impartir dentro del horario lectivo.

Código de ayuda:

S00628/03

Norma:

Orden de 18 de marzo de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/08/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar a los centros privados o de iniciativa social, cuyos profesores/as participen, durante el año 2003, en cursos de euskera del programa IRALE a impartir dentro del horario lectivo, con el fin de subvencionar los gastos derivados de la sustitución de los/as mismos/as.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Partida total de 5.077.559,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Personas físicas y jurídicas, entidades no ejecutadas directamente por el Departamento de Educación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Actividades formativas de carácter estrictamente teórico.
- Actividades formativas de carácter teórico-práctico.
- Actividades formativas con intensa aplicación práctica (incluyendo labores complementarias de preparación, aplicación y corrección de ejercicios, así como sujeción a criterios suplementarios de evaluación a través del programa IRALE).

Requisitos:

a) Aceptar la subvención concedida.
b) Utilizar la subvención para el concreto destino para el que ha sido concedida.
c) El centro perceptor de la ayuda está obligado a facilitar a la Oficina de Control Económico y al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas la información que le sea requerida en el ejercicio de sus funciones respecto a las subvenciones recibidas con cargo a esta Convocatoria.
d) No tener incoado expediente de reintegro o sancionador derivado de convocatorias similares.
e) Facilitar el certificado extendido por la Diputación Foral o Hacienda Pública correspondiente, acreditativo de que el centro privado o de iniciativa social se encuentra al corriente en los pagos de los impuestos f) Facilitar el certificado acreditativo de no tener deudas contraídas con la Seguridad Social.
g) Si el centro recibiera cualquier otra subvención a través de otras instituciones públicas o privadas por el mismo motivo que el objeto de esta convocatoria, deberá expresarlo específicamente adjuntando a la solicitud la correspondiente documentación acreditativa.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 132
Documento: Convocatoria Descargar Documento