Ayudas a los armadores y pescadores de buques pesqueros con puerto base localizado en la Comunitat Valenciana, afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera.

Código de ayuda:

S32419/16

Norma:

ORDEN 19/2016, de 22 de julio. RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2016. ORDEN 17/2018, de 3 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de septiembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2016 las ayudas a los armadores y pescadores de buques pesqueros con puerto base localizado en la Comunitat Valenciana, afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dotación presupuestaria hasta un importe máximo de 1.229.000 euros en 2016.

1. La ayuda a los armadores de los buques objeto de paralización temporal se calculará multiplicando el importe de la prima diaria que le corresponda al buque por el número de días financiables de parada (15).

2. La ayuda a los pescadores se calculará multiplicando la prima diaria de 45 euros por el número de días financiables de parada (15).

3. Los importes de la ayuda calculados según lo dispuesto en los puntos anteriores, serán minorados cuando se den las circunstancias previstas en el apartado octavo de la presente resolución.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de ayuda a la paralización temporal de la actividad pesquera:

1. Las personas físicas, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, que sean armadores de buques pesqueros con puerto base localizado en la Comunitat Valenciana, registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante los dos años civiles anteriores al año en el que se presenta la solicitud de ayuda.

2. Los pescadores que hayan trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años civiles anteriores al año en el que se presenta la solicitud de ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.

Documentos asociados

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