Ayudas a los agentes de la Red de Mediacion Agencia Valenciana de Alquiler para el ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S35864/09

Norma:

ORDEN de 17 de abril 2009.

Plazo de Solicitud:

Consultar el Artículo Séptima. Lugar y plazo de presentación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es colaborar en la financiación de las actuaciones de mediación en la formalización de contratos de arrendamiento de viviendas realizadas por los agentes de la Red de Mediación Agencia Valenciana de Alquiler.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda vendrá determinada por el número de actuaciones de mediación en la formalización de contratos de arrendamiento realizadas por el agente, es decir, se tendrá en cuenta el número de contratos de arrendamiento formalizados con la mediación del agente. El módulo de referencia para la fijación de la subvención a conceder a cada uno de los agentes solicitantes será de 500 euros por contrato de arrendamiento formalizado, hasta el importe global máximo previsto en el artículo 2 de la Orden de convocatoria. No obstante, en el supuesto de que por aplicación del mismo el importe de las ayudas a conceder superase dicho límite, se ajustará el módulo a la baja.

El importe de las subvenciones se fijará para cada beneficiario a través de la correspondiente resolución de concesión de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios aquellas entidades de carácter público o privado sin ánimo de lucro, entidades locales y las sociedades mercantiles de capital 100% público, especializadas en mediación de vivienda y que hayan sido declaradas agentes colaboradores de la Red de Mediación Agencia Valenciana de Alquiler.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable como actuación objeto de las ayudas, la mediación en la formalización de contratos de arrendamiento, para lo cual, el beneficiario deberá haber llevado a cabo las siguientes actividades:

a) Información y mediación en el arrendamiento de viviendas, fomentando actuaciones tendentes a incentivar y recuperar el parque existente de viviendas vacías para la formación de una bolsa de viviendas para alquiler.

b) Asesoramiento en la formalización de contratos de arrendamiento y sus incidencias, e información y asistencia para la solicitud de las ayudas oficiales al alquiler.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarios aquellas entidades de carácter público o privado sin ánimo de lucro, entidades locales y las sociedades mercantiles de capital 100% público, especializadas en mediación de vivienda y que hayan sido declaradas agentes colaboradores de la Red de Mediación Agencia Valenciana de Alquiler.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6007
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento