Ayudas a los agentes de la Red Alquila para las actividades de mediacion realizadas en el periodo 2011-2012.

Código de ayuda:

S50055/11

Norma:

ORDEN 6/2011, de 8 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/01/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Colaborar en la financiación de las actuaciones de mediación en la formalización de contratos de arrendamiento de viviendas realizadas por los agentes de la Red Alquila.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de la ayuda vendrá determinada por el número de actuaciones de mediación en la formalización de contratos de arrendamiento realizadas por el agente, es decir, se tendrá en cuenta el número de contratos de arrendamiento formalizados con la mediación del agente.

El módulo de referencia para la fijación de la subvención a conceder a cada uno de los agentes solicitantes será de 500 euros por contrato de arrendamiento formalizado, hasta el importe global máximo previsto en
el artículo 2 de la orden de convocatoria. No obstante, en el supuesto de que por aplicación del mismo el importe de las ayudas a conceder superase dicho límite, se ajustará el módulo a la baja.

2. El importe de las subvenciones se fijará para cada beneficiario a través de la correspondiente resolución de concesión de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades de carácter público o privado sin ánimo de lucro, entidades locales y las sociedades mercantiles de capital 100% público, especializadas en mediación de vivienda y que hayan sido declaradas agentes colaboradores de la Red Alquila y que no hayan incurrido en causa de pérdida de la condición de agente colaborador de la Red Alquila.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Información y mediación en el arrendamiento de viviendas, fomentando actuaciones tendentes a incentivar y recuperar el parque existente de viviendas vacías para la formación de una bolsa de viviendas
para alquiler.

b) Colocación de carteles publicitarios de la Red en las viviendas gestionadas por el agente y que se encuentren pendientes de alquiler.

c) Asesoramiento en la formalización de contratos de arrendamiento y sus incidencias, e información y asistencia para la solicitud de las ayudas oficiales al alquiler.

d) Grabación en la aplicación de la Red de los contratos formalizados, a través del agente de forma mensual, debiendo estar reflejados en la misma, a efectos de cuantificación de la ayuda, antes del último día de plazo de la convocatoria.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/11/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6658
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento