Ayudas a los Observatorios Estratégicos Sectoriales - Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S72019/09

Norma:

ORDEN de 11 de noviembre de 2009. RESOLUCION de 12 de noviembre de 2009. RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2010. RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria, para el ejercicio 2011 de las ayudas previstas en la Orden por la que se regulan las ayudas a los Observatorios Estratégicos Sectoriales.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general el 80% de las actividades y gastos del artículo anterior dirigidos al cumplimiento
del objeto de la presente norma, con los límites de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las Agrupaciones de empresas pertenecientes a los clusters prioritarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, quienes deberán contar para la puesta en marcha y desarrollo del Observatorio con los agentes de la red vasca de tecnología con capacidades en los ámbitos relacionados con el sector o cluster y con el sector servicios, tal como se establece en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran susceptibles de subvención las siguientes actividades a realizar por las entidades beneficiarias en los Observatorios Estratégicos Sectoriales:

– Actividades de identificación de necesidades de innovación de las empresas del sector o de las asociaciones clusters.

– Actividades para la obtención, tratamiento, análisis, generación y difusión de los contenidos informativos
de carácter estratégico para los fines perseguidos.

– Actividades de fomento de la inteligencia competitiva en las empresas y de dinamización con las
mismas.

– Actividades realizadas por la estructura nuclear, con su correspondiente dirección y coordinación,
para el funcionamiento en red.

Requisitos:

En todo caso, las Agrupaciones beneficiarias, cualquiera que fuera su naturaleza jurídica, deberán estar radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 225
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/11/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 226
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 24/09/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 185
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 13/04/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 72
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento