Ayudas a los Municipios y Comarcas de Aragón para la realización de actuaciones en infraestructuras relacionadas con la actividad turística.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S02437/18

Norma:

ORDEN VMV/2277/2017, de 27 de diciembre. ORDEN PRE/571/2016, de 13 de junio de 2016. ORDEN PRE/1903/2018, de 26 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de febrero de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 16.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta orden es convocar, para el año 2018, las ayudas para la realización de proyectos de inversión de infraestructura turística con cargo al Fondo Local de Aragón.

Estas ayudas se corresponden con las actuaciones previstas en el artículo 4.1 b) de la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda. (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total prevista para esta convocatoria es de trescientos mil euros (300.000 euros).

Dentro del crédito disponible, la cuantía máxima individualizada de la subvención por benefciario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables.

Si bien, dentro del crédito disponible, de trescientos mil euros (300.000 euros) se establece la siguiente distribución dependiendo de la inversión a realizar:

Para actuaciones destinadas a facilitar y renovar la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y sensoriales doscientos cincuenta mil euros (250.000 euros). Siendo necesario acreditar una inversión minima de 3.000 y máxima de 20.000 euros.

Para actuaciones de infraestructuras en áreas de servicio o de acogida para Autocaravanas, cincuenta mil 50.000 euros. Siendo necesario acreditar una inversión minima de 2.000 y máxima de 10.000 euros.

En caso de existir remanente en una de las dos líneas, dicha cuantía se incorporaría a la otra.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser benefciarios de las subvenciones convocadas por la presente orden los Municipios y Comarcas del territorio aragonés.

Documentos asociados

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