Ayudas a los Ayuntamientos para la construcción y reforma de puntos de concentración de contenedores para recogida de animales muertos.

Código de ayuda:

S03937/05

Norma:

Orden de 4 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Antes del 15 de enero de cada ejercicio económico para el que exista presupuesto. Para 2005, hasta el 8 de marzo.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establece una línea de ayudas para los Ayuntamientos o Mancomunidades que aborden la construcción y reforma de puntos de concentración de contenedores para recogida de animales muertos, así como su adecuación a las condiciones del servicio que se presta a través del Plan Estatal de Seguros Agrarios.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se financiará el 85% del coste de las inversiones necesarias para construir, adecuar o reformar el centro de concentración de
contenedores.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos y Mancomunidades de la Comunidad Valenciana que lo soliciten.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se destinarán a subvencionar la inversión realizada por los ayuntamientos o mancomunidades para la construcción, reforma o adecuación de centros de concentración de contenedores dedicados, en exclusiva, a facilitar la recogida de los animales muertos de las granjas ganaderas existentes en el término o términos municipales correspondientes.

Las condiciones mínimas que deberán tener esos centros serán:
. Contar con superficie suficiente para permitir la entrada, el giro y la salida de camiones de recogida de animales muertos.
. Disponer de capacidad suficiente para los contenedores que se vayan a retirar.
. Contar con suelo y paredes de cemento, que permitan una limpieza y desinfección periódica.
. Estar vallados en todo su perímetro y contar con una puerta de acceso con un sistema de cierre.
. Contar con una persona física o jurídica responsable de su gestión.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4942
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento