Ayudas a las victimas de delitos de terrorismo, como consecuencia del atentado terrorista de la localidad de Calahorra del dia 21 de marzo de 2008 - Modificación.

Código de ayuda:

S25882/08

Norma:

Orden 5/2008 de 11 de abril. Orden 24/2008, de 26 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para los titulares de establecimientos comerciales y trabajadores que prestaban servicios en los centros afectados por el atentado terrorista ocurrido el pasado 21 de marzo en la localidad de Calahorra, con la finalidad de paliar los perjuicios ocasionados y el restablecimiento de la actividad
económica y comercial de la zona.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Empleo
  • Otras

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención consistirá en un importe máximo de 244,35euros por cada una de las cuotas que deban ser satisfechas a la Seguridad Social por los trabajadores o titulares de establecimientos comerciales inscritos en el Régimen de Autónomos, durante el periodo en el que se produzca el cese de actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Trabajadores y titulares de establecimientos comerciales afectados por el atentado terrorista, que coticen a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos.

b) Empresarios ya sean personas físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos comerciales afectados por el atentado terrorista que hayan presentado y tengan autorizado expedientes de regulación de empleo por fuerza mayor en la modalidad de suspensión temporal de empleo.

c) Trabajadores por cuenta ajena afectados por expedientes de regulación de empleo en la modalidad de suspensión temporal de empleo, cuya relación laboral se encuentre en suspenso como consecuencia de la autorización del expediente, motivado por el atentado terrorista.

d) Empresarios ya sean personas físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos comerciales sitos en la zona afectada por el atentado terrorista.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Ayudas al pago de las cuotas de los trabajadores afectados inscritos en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social.
a) Beneficiarios: Trabajadores o titulares de los establecimientos comerciales afectados por el atentado terrorista ocurrido en la localidad de Calahorra el 21 de marzo de 2008, inscritos en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social.

Requisitos:

Serán subvencionables las cuotas a la seguridad social del régimen especial de autónomos que deban satisfacer, los trabajadores o los titulares de los establecimientos comerciales afectados por el atentado terrorista a partir del 21 de marzo de 2008, y durante el tiempo que permanezca cerrado y sin actividad
comercial hasta su reapertura, con el límite máximo de 6 meses, siempre hayan cerrado el establecimiento comercial, sin ejercicio de actividad al menos 15 días naturales desde la comisión del atentado y como consecuencia de éste.

Documentos asociados

Boletín: 12/04/2008
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 49
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/07/2008
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 89
Documento: Modificación Descargar Documento