Ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para actuaciones de fomento y uso de las lenguas en el ámbito universitario (INTERLINGUA).

Código de ayuda:

S00219/23

Norma:

RESOLUCIÓN REU/4038/2022, de 21 de diciembre. RESOLUCIÓN REU/117/2023, de 17 de enero. RESOLUCIÓN REU/478/2023, de 13 de febrero. RESOLUCIÓN REU/2677/2023, de 17 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 10 de marzo de 2023 a las 14.00.00 h.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria de ayudas a las universidades de Cataluña para actuaciones de fomento y uso de las lenguas en el ámbito universitario (INTERLINGUA 2023).

— Modalidad A: ayudas para actuaciones de fomento y uso del catalán, el occitano, la lengua de signos
catalana y las terceras lenguas en el conjunto del sistema universitario de Cataluña.
Incluye:

— Proyectos interuniversitarios, llevados a cabo en colaboración entre dos universidades o más y que se ponen a disposición del conjunto de las universidades catalanas.

— Proyectos impulsados por una sola universidad cuyos resultados sean extensivos y aplicables al resto de
universidades catalanas.

— Proyectos cuyos resultados tengan carácter abierto y de acceso libre para todos.

- Proyectos estratégicos del sistema universitario, como los proyectos de acogida lingüística y cultural en catalán de los miembros de la comunidad universitaria procedentes de fuera del dominio lingüístico

— Otros proyectos del sistema universitario, como los cursos virtuales de aprendizaje de catalán mediante el portal Parla.cat y Aula Maestra.

— Modalidad B: ayudas para actuaciones de fomento y uso del catalán, el occitano, la lengua de signos
catalana y las terceras lenguas, propias y específicas de las universidades. Incluye los proyectos que impulsa cada universidad con carácter interno, de acuerdo con su plan de lenguas, para dar respuesta a sus necesidades concretas. Los resultados de estos proyectos se circunscriben al ámbito intrauniversitario.

Cada universidad puede presentar un máximo de 12 proyectos o actuaciones, entre las dos modalidades (sin
tener en cuenta la participación en proyectos interuniversitarios). Se establece un importe mínimo para cada proyecto: 2.500 euros para los de la modalidad A y 1.000 euros para los de la modalidad B. En el caso de los proyectos interuniversitarios (modalidad A), se considerará el presupuesto global del proyecto. También, en el caso de otros proyectos de la modalidad A, propios de una universidad o interuniversitarios, que se desarrollen en varias fases (dos o más años), se considerará el presupuesto global del proyecto. En este caso, se especificarán claramente las diversas fases de realización y el presupuesto previsto para cada una, junto con el presupuesto global del proyecto.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Investigación y Universidades (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

16.1 El importe de la ayuda se entregará a la entidad beneficiaria en dos plazos. El primero, correspondiente al 80 % del total concedido, se realizará hará una vez resuelta y notificada la resolución de concesión, sin necesidad de presentar garantías.

El pago del 20 % restante se realizará una vez justificada la ayuda, de acuerdo con la base que regula la justificación de las ayudas.

16.2 De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 5/2007, de 4 de julio, de medidas fiscales y financieras, antes de proceder al pago de la ayuda, la AGAUR comprobará de oficio si las entidades
beneficiarias están al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. En caso de que no sea posible esta comprobación, la AGAUR requerirá que las entidades beneficiarias aporten las certificaciones positivas que acrediten que están al corriente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios los servicios lingüísticos de las universidades públicas y privadas del sistema universitario de Cataluña.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

4 Cantidad y elegibilidad del gasto.

4.1 Modalidad A y Modalidad B.

4.1.1 El importe de las ayudas destinadas a cada modalidad depende del resultado de la evaluación de las
diferentes actuaciones de acuerdo con los criterios mencionados en estas bases. La cantidad concedida debe cubrir, total o parcialmente, los gastos relacionados exclusivamente con las actividades subvencionadas. En la presentación de los proyectos se realizará una explicación detallada de las actuaciones que incluyen, se concretará el importe de cada actuación y se desglosará el presupuesto. Si los proyectos tienen una duración superior a un año, se especificarán las diferentes fases de realización y el presupuesto previsto en cada una.

4.1.2 En cuanto a la impartición de cursos o talleres de formación lingüística, se incluyen solo los siguientes:

a) Cursos virtuales de aprendizaje de lenguas.

b) Cursos en línea abiertos y masivos (MOOC) cuya finalidad sea el aprendizaje o el perfeccionamiento tanto de las terceras lenguas como de la lengua catalana, la lengua occitana o la lengua de signos catalana.

c) Cursos de catalán cuya finalidad sea la acogida lingüística y cultural del alumnado foráneo que viene a una universidad catalana, con un máximo de 30 horas por curso y edición.

d) Cursos dirigidos exclusivamente al alumnado local que marcha a una universidad foránea cuya finalidad sea la acogida lingüística y cultural en la universidad de destino, con un máximo de 15 horas por curso y edición.

e) Cursos muy específicos (lenguaje de especialidad, perfeccionamiento de la expresión oral, etc.) dirigidos al PDI cuya finalidad sea el aumento o la mejora de la docencia y la investigación en las lenguas de la convocatoria.

En el caso de los cursos y los talleres elegibles, es obligatorio presentar el programa detallado, junto con la solicitud, con el fin de evaluar su adecuación a estas bases. Se hará constar el total de horas de docencia y la lengua de impartición.

4.1.3 En el caso de la elaboración de recursos lingüísticos, se admite su traducción cuando forme parte
sustancial del proyecto (por ejemplo, la disponibilidad de una guía o manual para el alumnado foráneo en
varios idiomas). No se admite la traducción de materiales docentes, pero sí su corrección. También se acepta la elaboración de materiales didácticos para cualquier colectivo universitario.

Todos los materiales y recursos virtuales que se elaboren en el marco de esta convocatoria deben cumplir las normas y los criterios de accesibilidad, en cumplimiento del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, transposición en el ámbito estatal de la Directiva (UE) 2016/2102, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre, sobre esta materia.

4.1.4 En los programas y las actividades orientados a potenciar la acogida y el intercambio lingüísticos y culturales del alumnado, el PDI y el PAS, internacional y local, se aceptan los gastos de organización de actividades de acogida cultural, pero se excluyen los gastos de carácter complementario (comidas, servicio de cáterin, transporte, entradas a monumentos y espectáculos, etc.).

4.1.5 Se permite subcontratar servicios o actividades relacionados con el objeto de la ayuda y que no pueden asumir directamente los servicios lingüísticos de las universidades, siempre que se indique previamente en el presupuesto y no se supere, para cada una de las modalidades, el 60 % de su coste total.

4.1.6 La cantidad solicitada para las actividades docentes no puede superar en ningún caso el importe
resultante de multiplicar el número de horas de docencia por el coste por hora que realmente perciba el
formador implicado, coste para el que se establece un máximo de 45 euros/hora por docente. Para la
consideración de actividad docente, así como para el cálculo correspondiente de la cantidad máxima solicitable, solo se tiene en cuenta la impartición activa de las clases del personal implicado en las actividades y se excluyen las horas relativas a la preparación y las de trabajo autónomo del alumno.

4.1.7 No se subvencionan en ninguna actividad o proyecto la remuneración por tareas de gestión ni los costes indirectos. En cuanto a las tareas de coordinación, solo serán susceptibles de subvención las correspondientes a la universidad coordinadora de un proyecto interuniversitario.

4.1.8 En caso de contratación, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cantidad establecida por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público para el contrato menor, la entidad beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado un número suficiente de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera efectuado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas, que deberán aportarse en la justificación o, si procede, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, y la elección deberá justificarse expresamente en una memoria cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Las tres ofertas deben provenir de empresas que no formen parte del mismo grupo de sociedades, de acuerdo con los supuestos que establece el artículo 42 del Código de Comercio.

4.1.9 En caso de que una actividad o proyecto subvencionado finalmente no se lleve a cabo, se revocará el
importe correspondiente a la ayuda sin la posibilidad de reasignarlo a otro proyecto o actividad.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias, si procede, deberán cumplir las siguientes obligaciones:

a) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir todas las obligaciones que asumen al aceptar la ayuda regulada por estas bases.

b) Haber justificado debidamente las becas o las ayudas concedidas con anterioridad con cargo a los presupuestos de la Generalitat de Catalunya.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalitat de Catalunya, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

d) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

f) Presentar una declaración sobre si se han solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, en la que se haga constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.

g) Hacer constar, por lo menos en catalán, los rótulos y las informaciones de carácter fijo y que contienen el texto que deberá figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan en ellos, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística.

h) Cumplir con la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la
legislación vigente, si procede.

i) En el supuesto de que la institución tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que se utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, conforme a la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

j) Estar dadas de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio.

k) Estar inscritas en el registro correspondiente.

l) En el caso de las fundaciones y asociaciones, haber adaptado sus estatutos a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.

m) En el caso de las fundaciones, haber presentado las cuentas anuales ante el Protectorado.

n) Cumplir la finalidad de la subvención llevando a cabo la actividad subvencionada en el plazo que determinan estas bases.

o) De conformidad con lo que establece la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y
hombres, las entidades beneficiarias de las subvenciones deben presentar una declaración responsable en la que manifiesten no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes
condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o género.

p) En el supuesto de que la entidad tenga una plantilla superior a 50 personas, disponer de un plan de
igualdad, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

q) Las personas beneficiarias de ayudas públicas deben adoptar una conducta éticamente ejemplar, abstenerse de llevar a cabo, fomentar, proponer o promover cualquier tipo de práctica corrupta y poner en conocimiento de los órganos competentes cualquier manifestación de estas prácticas que, en su opinión, esté presente o pueda afectar el procedimiento. Particularmente se abstendrán de realizar cualquier acción que pueda vulnerar los principios de igualdad de oportunidades y de libre concurrencia. Con carácter general, asumen las siguientes obligaciones:

- Observar los principios, las normas y los cánones éticos propios de las actividades, los oficios o las
profesiones correspondientes a la actividad objeto de subvención o ayuda pública.

- No llevar a cabo acciones que pongan en riesgo el interés público.

- Denunciar las situaciones irregulares que se puedan presentar en las convocatorias de subvenciones o ayudas o en los procesos derivados de estas convocatorias.

- Comunicar inmediatamente a la AGAUR las posibles situaciones de conflicto de intereses.

- No solicitar, directa o indirectamente, que un cargo o empleado público influya en la adjudicación de la subvención.

- No ofrecer ni facilitar a cargos o empleados públicos ventajas personales o materiales, ni para ellos mismos ni para terceras personas, con la voluntad de incidir en el procedimiento de adjudicación de la subvención.

- Colaborar con la AGAUR en las actuaciones que realice para el seguimiento o la evaluación del desempeño de las obligaciones establecidas en las bases reguladoras y en la convocatoria, particularmente facilitando la información que les sea solicitada para estas finalidades relacionadas con la percepción de fondos públicos.

- Cumplir con las obligaciones de facilitar información que la legislación de transparencia impone a los
adjudicatarios, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones de transparencia que les correspondan de forma directa por previsión legal, en los supuestos establecidos en el apartado cuarto del artículo 3 de la Ley de transparencia.

En caso de incumplimiento de los principios éticos y de las reglas de conducta, serán aplicables el régimen sancionador previsto en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, y las sanciones previstas en el artículo 84 en cuanto a beneficiarios de ayudas públicas, sin perjuicio de otras posibles consecuencias previstas por la legislación vigente en materia de subvenciones.

La acreditación de estos requisitos se efectuará mediante la declaración acreditativa o declaración responsable correspondiente, a incorporar al documento de aceptación.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8820
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/01/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8838
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 23/01/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8838
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 21/02/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8859
Documento: Modificación ampliación plazo Descargar Documento
Boletín: 21/07/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8963
Documento: Modificación Descargar Documento