Ayudas a las revistas locales de Menorca en lengua catalana para el año 2008.

Código de ayuda:

S08755/08

Norma:

Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria de 21 de enero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de ayudas a las revistas locales de Menorca en lengua catalana correspondiente al año 2008, que se regirá por las bases que se transcriben como anexo, de acuerdo con las condiciones siguientes:

a)Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario.
Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo, sin perjuicio de que los importes puedan ser ampliados de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias: Partida: 4511.48900
Cuantía máxima: 12.000 €.

b)El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas finaliza el 3 de marzo de 2008.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada revista que cumpla los requisitos que figuran en la base 4 obtendrán una ayuda fija de 300 euros.

Además, cada revista obtendrá una ayuda igual al resultado de multiplicar la puntuación obtenida por la cifra resultante de dividir la cantidad que se destine a estas ayudas, tras restarle los 300 euros fijos para cada revista, por el total de puntos obtenidos por las revistas con derecho a subvención.

La subvención total será la suma de las dos cantidades previstas en las bases 14 y 15.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que editen revistas de información tanto de ámbito local como insular.

En cualquier caso, no podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas o entidades en las cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de esta subvención es apoyar a las revistas locales editadas en Menorca que se publican mayoritariamente en lengua catalana.

El apoyo a qué se refiere la base anterior tiene la finalidad de interés público de fomentar el uso social de la lengua catalana y garantizar que los ciudadanos de Menorca dispongan de una oferta amplia de medios de comunicación en catalán, lo suficientemente diversificada y adecuada a los diferentes sectores de la población.

Requisitos:

Las revistas que se quieran acoger a estas ayudas deberán cumplir los requisitos siguientes:

a)Han de utilizar la lengua catalana, como mínimo, en el 75% de cada número.
b)Deben ser revistas editadas en Menorca, tanto si son de ámbito municipal como insular.
c)Deben tener una periodicidad mínima trimestral.

Quedan excluidas de estas ayudas:
a) las revistas editadas por entidades públicas o privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en la financiación de la entidad.
b) las publicaciones institucionales.
c) las revistas de empresas, entidades, partidos políticos y asociaciones o fundaciones distribuidas únicamente entre los socios.
d)las revistas escolares.
e) las revistas que sean reclamos publicitarios y publicaciones con un contenido principal de anuncios comerciales.
f) las publicaciones de periodicidad inferior a la trimestral.

Documentos asociados

Boletín: 07/02/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 18
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento