Ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para realizar actividades de interés agrario.- Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S42273/21

Norma:

ORDEN de 28 de julio de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de septiembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder al amparo de estas bases reguladoras es la realización de actividades de representación y de formación de los asociados de las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias legalmente constituidas y con implantación en Galicia y de los agricultores gallegos en general.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe total de la convocatoria: 600.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas en Galicia que concurrieron a las elecciones a las cámaras agrarias que tuvieron lugar el 26 de mayo de 2002, según lo recogido en la disposición transitoria única de la Ley 1/2006, de 5 de junio, del Consejo Agrario Gallego.

Las asociaciones agrarias, con ámbito de actuación provincial o autonómico, legalmente constituidas de acuerdo con la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, con código de actividad «811, Agricultura, ganadería, silvicultura, caza, pesca», de acuerdo con el Real decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los costes derivados de las siguientes actividades realizadas entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021:

a) Funciones y actuaciones que les son propias conforme a la normativa legal.

b) Funciones ordinarias de gestión interna.

c) Representación ante las instituciones.

d) Participación en los órganos colegiados constituidos por la Administración gallega para la defensa de los intereses de sus representados (mesas, comisiones, etc.).

e) Formación de los asociados y de sus familiares en actividades agrarias o en el sector agroalimentario.

f) Fomento del asociacionismo agrario.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Las asociaciones agrarias deberán cumplir por lo menos dos de las siguientes condiciones:

a) Tener representación de la parte productora y no asociada a cooperativas en las elecciones para renovar los órganos de gobierno de determinados consejos reguladores del ámbito agroalimentario, convocadas por la Orden de 3 de abril de 2017 por la que se convocan elecciones y se dictan normas para la renovación de los órganos de gobierno de determinados consejos reguladores del ámbito agroalimentario.

b) Estar inscrita en el Registro de entidades con servicios de asesoramiento o gestión de Galicia.

c) Ser una entidad colaboradora de la política agrícola común (PAC) y haber tramitado por lo menos el 1 % de las solicitudes únicas de la PAC 2020.

d) Ser una entidad colaboradora de la Consellería del Medio Rural para prestar servicios de formación agroforestal durante el año 2020.

Documentos asociados

Boletín: 12/08/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 154
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/08/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 154
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento