Ayudas a las organizaciones profesionales agrarias de carácter sindical de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2025.
Código de ayuda:
S23391/25Norma:
ORDEN de 24 de junio de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 23 de agosto de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2025, las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias de carácter sindical de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el desarrollo de las funciones de interlocución social con la Administración General de la Comunidad Autónoma en materias referentes al sector agrario vasco y para mantener sus actividades sindicales de orientación y asesoramiento al sector agrario en general y a las personas afiliadas en particular.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Podrán resultar beneficiarias las organizaciones profesionales agrarias de carácter sindical, entendiendo como tales, aquellas que, cumpliendo los requisitos dispuestos en el artículo 87 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria, tengan por objeto la representación y defensa de los intereses generales del sector agrario de la Comunidad Autónoma del País Vasco y estén integradas por profesionales de la agricultura, sin diferenciación por razón del subsector de la producción agraria a que estuvieren dedicadas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los derivados del mantenimiento adecuado de los locales destinados a sus actividades sindicales.b) El mantenimiento de los contratos laborales que formalizan para disponer de personal dedicado a las tareas sindicales.
c) La formalización de nuevos contratos laborales con personal que ha de dedicarse al asesoramiento e información sindical de las personas profesionales del sector agrario.
d) Los gastos corrientes, no de inversión.
Requisitos:
Las personas solicitantes de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Que su domicilio social radique en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 87 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria, para las organizaciones profesionales agrarias, esto es que:
– En sus estatutos se les atribuya, con carácter general, la función de representar y defender los intereses socioeconómicos de las personas que se dedican a la agricultura, y, con implantación en, al menos, la Comunidad Autónoma del País Vasco.
– Tengan implantación efectiva en uno o varios subsectores agrarios.
– Tengan implantación en la Comunidad Autónoma de Euskadi, actual y continuadamente durante, al menos, los últimos, dos años anteriores al momento de solicitar la ayuda.
– Dispongan de oficinas abiertas y recursos humanos suficientes para posibilitar una adecuada asistencia a las personas que se dedican a la agricultura, o, en su caso, a las entidades asociadas.
– No tengan ánimo de lucro.
Documentos asociados
Boletín:
23/07/2025
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento