Ayudas a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias en Andalucia, para la realizacion de estudios, la divulgacion del conocimiento y desarrollo de nuevos procesos y tecnologias.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S06900/13

Norma:

Resolución de 18 de febrero de 2013. Orden de 13 de octubre de 2011. Orden de 21 de octubre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/11/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2014, las ayudas reguladas en la Orden de 13 de octubre de 2011, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias en Andalucía, para la realización de estudios, la divulgación del conocimiento y desarrollo de nuevos procesos y tecnologías.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones no podrá superar los siguientes máximos, según el gasto:

1. Gastos de puesta en marcha de nuevos sistemas de control: máximo de subvención de hasta el 50% del total de las inversiones, por una sola vez y acción, con los siguientes límites:

a) Los gastos del personal, un técnico y un administrativo, dedicado al sistema de control, podrán solicitarse, como máximo, del total de los sueldos anuales, hasta un tope máximo de subvención de 35.000 y 25.000 euros, respectivamente. Sí la puesta en marcha de los nuevos sistemas de control se hace con personal propio, se subvencionará la parte proporcional de sueldo correpondiente al tiempo de trabajo
efectivo dedicado al sistema de control; entendiendo por personal propio el que está vinculado mediante una relación laboral y, por lo tanto, deberán figurar cotizando en el régimen general de la Seguridad Social.

b) Gastos de equipamiento de oficina con un límite máximo de subvención de 9.000 euros.

c) Gastos de equipamiento e instalación de soporte informático, con un límite de subvención de 9.000 euros.

d) Los nuevos sistemas de control deberan no haber sido aplicados con anterioridad por ninguna empresa perteneciente a la rama de Producción o de la transformació-comercialización de la Organización Interprofesional que solicita la ayuda.

2. Gastos de ejecución de acciones: máximo de subvención de hasta el 50% del total de las inversiones, con los siguientes límites:

a) Gastos anuales de publicación y de difusión de la información con un límite de subvención de 15.000 euros.

b) Gastos para la realización de estudios referidos a algun de las finalidades concretas de la organización interprofesional agroalimentaria solicitante, y para la que tendrá que presentar una memoria justicativa sobre su necesidad y número de empresas que se puedan beneficiar directamente de las conclusiones del mismo, con un límite máximo de subvención de 10.000 euros por estudio, salvo que sean para:

- Estudios de mercado en los que se haya tenido contacto directo con el sector objeto de estudio, implicando un número considerable (más de 50) de encuestas, desplazamientos para la realización de entrevistas, etc, que deberá ser acreditado a través de la presentación de documento justificativo, el porcentaje de ayuda se aplicará sobre el coste del estudio.

La subvención máxima para estudios por solicitud no podrá superar los 40.000 euros.

c) Gastos para la realización de planteamiento y redacción de proyectos de investigación, desarrollo e innovación I+D+i sobre nuevos productos, procesos y tecnologías realizados por las Organizaciones Interprofesionales, y liderados por éstas, en colaboración o no con los institutos de investigación y/o universidades, que impliquen innovación sobre calidad, seguridad alimentaria, reducción de costes de producción, nuevas formas de distribución e I+D en lógistica de distribución, nuevas estructuras y/o presentaciones comerciales de productos agroalimentarios con un límite máximo de subvención de hasta 30.000 euros, debiéndose cumplir lo siguiente:

1. Que los gastos de personal propio para el planteamiento y la redacción del proyecto, entendiendo por
personal propio el que está vinculado mediante una relación laboral y, por lo tanto, deberán figurar cotizando en el régimen general de la Seguridad Social.

2. Que el coste interno de personal dedicado al planteamiento y la redacción del proyecto, de las entidades
participantes no podrá superar el 40% del gasto subvencionable.

3. Que en el caso de efectuar contrato de servicios con un centro o instituto de investigación y/o universidad y otros gastos de asesoría, el 50% de los gastos subvencionables, como mínimo, irán destinados al contrato de servicios con la universidad o centro de investigación.

d) Gastos de Organización y participación en eventos agroalimentarios.

Gastos para la organización (gastos de personal, de publicación y de difusión del evento: jornadas técnicas, ferias, exposiciones agroalimentarias, etc. y/o participación (importe de la cuota del derecho a participar) con un límite de subvención de 75.000 euros por año, siempre que tengan algunos de los
objetivos siguientes:

1. Asegurar un nivel apropiado de conocimientos técnico y económico, incluidas las habilidades en nuevas tecnologías de la información para satisfacer los requerimientos de la evolución de los sectores agroalimentario y forestal.

2. Mejorar el conocimiento de la estructura y potencialidades de sistemas de producción agrícola, ganadera y silvícola más sostenibles.

3. Fomentar la transferencia de conocimientos e inversión en capital humano, en el sector agroalimentario y silvícola.

4. Impulsar el conocimiento sobre las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) y la sociedad de la información en general, en los sectores agroalimentario.

3. El importe máximo de la subvención a percibir por todos los conceptos, convocatoria y beneficiario no podrá superar los 150.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, que tengan por objetivo la realización de estudios y/o planteamiento y redacción de proyectos de investigación, desarrollo e innovación I+D+i sobre nuevos productos, procesos y tecnologías que impliquen innovación en la producción agroalimentaria, siguientes:

1. Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias reconocidas por la Consejería de Agricultura y Pesca al amparo de la Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza.

2. Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias reconocidas a nivel nacional al amparo de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias que cumplan las dos condiciones siguientes:

a) Que fijen su sede o una delegación específica y permanente en Andalucía.

b) Ostenten una representación significativa del sector andaluz, en el período 2007-2013, entendiéndose que tienen una representación significativa del sector andaluz cuando al menos las producciones afectadas de Andalucía representen el 50% del ámbito de la organización interprofesional.

3. Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias reconocidas al amparo de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias que no cumplan el apartado a) del punto anterior, para poder acceder a las ayudas, deberán tener una representación significativa del sector andaluz, entendiéndose, en este caso, cuando al menos las producciones afectadas de Andalucía representen el 75% del ámbito de la organización interprofesional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de contratación de personal técnico y administrativo.

b) Adquisición de mobiliario y material de oficina.

c) Adquisición de equipamiento informático y telemático.

d) Gastos anuales de publicación y difusión de la información.

e) Realización de estudios referidos a alguna de las finalidades concretas de la organización interprofesional agroalimentaria.

f) Planeamiento y redacción de proyectos de I+D+i.

g) Organización y participación en eventos agrarios.

Requisitos:

En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarias las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de licitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.

Documentos asociados

Boletín: 21/10/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 207
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/03/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 53
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 03/11/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 214
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento