Ayudas a las inversiones para la modernización, movilización y procesado de los aprovechamientos maderables y leñosos en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Código de ayuda:
S10573/25Norma:
Resolución 456/2025, de 22 de abril. Orden AGM/75/2024, de 11 de octubre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar la concesión de subvenciones de las ayudas de acuerdo con la Orden AGM/75/ 2024, de 11 de octubre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones para la modernización, movilización y procesado de los aprovechamientos maderables y leñosos en la Comunidad Autónoma de La Rioja.Categorías Subvención
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente (La Rioja)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) del sector forestal, radicadas en la Comunicad Autónoma de La Rioja en relación a las inversiones realizadas en tecnologías y maquinaria necesarias para la mejora de la extracción y movilización de recursos maderables y leñosos.2. Podrán acogerse a la subvención las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas del sector forestal con la condición de pymes, con independencia de la condición jurídica de las mismas, con sede social en La Rioja y dedicadas a la explotación forestal o a la primera transformación de la madera, que cumplan con los requisitos establecidos y se comprometan a mantener los compromisos en el artículo 4 de la orden de bases reguladoras, en particular las que vayan a desarrollar alguna de las actuaciones que figuran como subvencionables y mantenerlas durante el tiempo exigido en el apartado 4.2 de la Orden.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran inversiones elegibles las adquisiciones de:-Equipos de apoyo a intervenciones selvícolas de mejora de la calidad tecnológica de la madera como podas de chopera en altura.
-Aperos de desbroce acoplados a la toma de fuerza del tractor.
-Procesadoras, taladoras y equipos independientes de tala (cabezales etc..) así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del solicitante.
-Autocargadores y arrastradores forestales, así como sus adaptaciones e implementos que deberán instalarse en equipos propiedad de solicitante.
-Cables aéreos y cualquier otro equipamiento destinado al desembosque en condiciones de fuerte pendiente.
-Maquinaria específica, aperos e implementos que permitan un aprovechamiento comercial de la biomasa forestal en el monte, astilladoras con capacidad de recogida, empacadoras, cosechadoras o procesadoras de biomasa.
-Aperos e implementos específicos para la carga y transporte de madera o biomasa, excluidas las cabezas tractoras y cajas y remolques de transporte no específicamente forestales.
-Maquinaria de primera transformación para el procesado y acondicionamiento de leña y biomasa, descortezado de madera, rajadoras, astilladoras, o clasificadoras.
-Medios de desembosque tradicionales y de bajo impacto.
-La implantación de dispositivos electrónicos destinados a la digitalización del sector y en concreto al adecuado seguimiento de volúmenes de corta, etc.., pudiendo en este caso la Administración solicitar sus datos en el caso de que trabajen montes de UP.
Documentos asociados
Boletín:
17/10/2024
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 203
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
25/04/2025
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 79
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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