Ayudas a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agroalimentarios.
Código de ayuda:
S12119/25Norma:
Resolución de 2 de mayo de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes bases tienen por objeto regular, en el ámbito territorial del Principado de Asturias, el otorgamiento de las ayudas para el apoyo a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agroalimentarios del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, para las siguientes intervenciones:Intervención 6842.1: Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
Intervención 6842.2: Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
En consecuencia, estas bases reguladoras recogen 2 líneas de ayuda, una por cada intervención.
Estas ayudas son cofinanciadas por: Fondos europeos Feader (60 %), Fondos del Principado de Asturias (28 %) y Fondos AGE (12 %).
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Comercio
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Rural y Política Agraria (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Beneficiarios admisibles: Personas físicas y/o jurídicas, así como sus agrupaciones (incluidas comunidades de bienes u otras entidades), que sean o vayan a ser titulares de empresas agroalimentarias cuyas instalaciones estén situadas en el Principado de Asturias y que transformen, comercialicen o desarrollen, o que vayan a transformar, comercializar o desarrollar productos agrarios de los contenidos en el anexo I del TFUE y el algodón, exceptuando los productos de la pesca, debiendo estar el producto resultante incluido en dicho anexo, sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos quese consideren incentivables.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a. Construcción, adquisición o acondicionamiento de bienes inmuebles ligados a los procesos de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas.b. Compra de nueva maquinaria y equipos.
c. Adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles directamente relacionadas con la innovación, sostenibilidad medioambiental, gestión de residuos, industria 4.0, la comercialización, la transformación digital, adquisición o desarrollo de programas informáticos u otras semejantes.
d. Implementaciones de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.
e. Costes de mejora de seguridad industrial referido a sistemas antiincendios.
f. Costes generales tales como honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores y asesores, costes de asesoramiento sobre la viabilidad económica derechos de patentes o licencias, diseños de envases y marcas, relacionado con el comercio electrónico con límite del 12 % de la inversión subvencionable total.
g. Cualquier otro que pueda relacionarse con la finalidad y objetivo de la ayuda, siempre que cumpla con los criterios de admisibilidad establecidos en la normativa europea.
Documentos asociados
Boletín:
09/05/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 88
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 88
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento