Ayudas a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agroalimentarios.

Código de ayuda:

S12119/25

Norma:

Resolución de 2 de mayo de 2025.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regular, en el ámbito territorial del Principado de Asturias, el otorgamiento de las ayudas para el apoyo a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agroalimentarios del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, para las siguientes intervenciones:

Intervención 6842.1: Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.

Intervención 6842.2: Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.

En consecuencia, estas bases reguladoras recogen 2 líneas de ayuda, una por cada intervención.
Estas ayudas son cofinanciadas por: Fondos europeos Feader (60 %), Fondos del Principado de Asturias (28 %) y Fondos AGE (12 %).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Política Agraria (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Beneficiarios admisibles: Personas físicas y/o jurídicas, así como sus agrupaciones (incluidas comunidades de bienes u otras entidades), que sean o vayan a ser titulares de empresas agroalimentarias cuyas instalaciones estén situadas en el Principado de Asturias y que transformen, comercialicen o desarrollen, o que vayan a transformar, comercializar o desarrollar productos agrarios de los contenidos en el anexo I del TFUE y el algodón, exceptuando los productos de la pesca, debiendo estar el producto resultante incluido en dicho anexo, sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que
se consideren incentivables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Construcción, adquisición o acondicionamiento de bienes inmuebles ligados a los procesos de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas.

b. Compra de nueva maquinaria y equipos.

c. Adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles directamente relacionadas con la innovación, sostenibilidad medioambiental, gestión de residuos, industria 4.0, la comercialización, la transformación digital, adquisición o desarrollo de programas informáticos u otras semejantes.

d. Implementaciones de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.

e. Costes de mejora de seguridad industrial referido a sistemas antiincendios.

f. Costes generales tales como honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores y asesores, costes de asesoramiento sobre la viabilidad económica derechos de patentes o licencias, diseños de envases y marcas, relacionado con el comercio electrónico con límite del 12 % de la inversión subvencionable total.

g. Cualquier otro que pueda relacionarse con la finalidad y objetivo de la ayuda, siempre que cumpla con los criterios de admisibilidad establecidos en la normativa europea.

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 88
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento