Ayudas a las inversiones del programa de apoyo al sector vitivinicola español en la Comunidad Autonoma de La Rioja.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S51473/11

Norma:

Orden 18/2011, de 9 de diciembre. Real Decreto 1547/2011, de 31 de octubre. Resolución nº 88, de 6 de febrero de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 29 de febrero de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones para el año 2013 de las ayudas de acuerdo con la Orden 18/2011, de 9 de diciembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones del programa de apoyo al sector vitivinícola
español en la Comunidad Autónoma de La Rioja y convocan las ayudas para el año 2012.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Microempresas y pequeñas y medianas empresas, según se definen en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, del sector vitivinícola, que produzcan y/o comercialicen los productos mencionados en el artículo anterior y que tengan actividad en el momento de presentación de la solicitud.

b) Empresas con menos de 750 empleados o cuyo volumen de negocio sea inferior a 200 millones de euros con los mismos requisitos de producción y comercialización mencionados en el apartado a).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones destinadas a mejorar las condiciones de comercialización exclusivamente de los productos que se describen en el anexo XI ter del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, que se describen
en el anexo II, y que se hayan producido en territorio español, con objeto de mejorar la adaptación a las demandas del mercado y aumentar la competitividad y el rendimiento global de las empresas del sector vitivinícola.

Requisitos:

Los beneficiarios tendrán el domicilio fiscal de su empresa en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 278
Documento: Real Decreto 1547/2011, de 31 de octubre. Descargar Documento
Boletín: 14/12/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 159
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 13/02/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 19
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento