Ayudas a las infraestructuras locales ganaderas en zonas de montaña.

Código de ayuda:

S08300/05

Norma:

Orden Foral 16/2005, de 31 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la convocatoria para el ejercicio 2005 de subvenciones a las entidades locales de las zonas de montaña de Navarra para apoyar la promoción de infraestructuras y equipamientos de titularidad y uso públicos que guarden una relación directa con la ganadería de montaña.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Será del 60 por 100 del coste que se estime como real del total de las inversiones a realizar para la obtención de terrenos, inmuebles, obras, maquinaria, equipos, y en su caso, de las inversiones materiales ligadas a la adquisición de tecnología, siendo el máximo de la subvención de 180.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales incluidas en el nomenclátor de Navarra cuyo ámbito territorial pertenezca a las zonas de montaña de Navarra, relacionadas en la Orden Foral de 15 de mayo de 2002, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 63, de 24 de mayo de 2002) o pertenecientes a la lista de municipios en recesión que figura en el Anexo de esta Orden Foral, siempre que sean titulares de los terrenos o edificaciones sobre los que recae la actuación subvencionable o dispongan de título jurídico para llevar en ellos dicha actuación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La promoción de pequeñas actuaciones de suministro de agua relacionadas con la ganadería y la alimentación animal, tales como abrevaderos, balsas y otros.
Quedan excluidos los embalses y obras que afecten a cursos fluviales.
b) La creación y mejora de caminos públicos a pastos o núcleos de explotaciones ganaderas, con la excepción del mantenimiento y mejora de los caminos ya realizados en actuaciones de concentración parcelaria.
c) La creación de corrales municipales.
d) La adaptación de mataderos existentes a la normativa vigente.
e) La construcción de centros de desinfección o desinsectación de vehículos.
f) La construcción o rehabilitación de edificaciones para equipamientos públicos de servicios directamente relacionados con la ganadería.
g) La promoción de instalaciones, dotaciones o infraestructuras al servicio de núcleos de explotaciones ganaderas, tales como electrificaciones, telefonía, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales, gestión de residuos ganaderos animales u otros.

Documentos asociados

Boletín: 23/02/2005
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 23
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento