Ayudas a las explotaciones ganaderas y las industrias cárnicas para la mejora de las condiciones de eliminación de los subproductos, residuos y materiales específicos de riesgo.

Código de ayuda:

S05273/03

Norma:

Orden APA/3260/2003, de 21 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer el cumplimiento por parte de las explotaciones ganaderas y las industrias cárnicas de las actuaciones mencionadas en el artículo siguiente.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe del préstamo supondrá como máximo el 100% del total de la inversión.

2. Para la línea de ayudas destinadas a los productores de vacuno, el importe máximo de estos préstamos será el resultado de multiplicar cada animal de reposición adquirido por el importe unitario:
- Bovino de aptitud cárnica:
Desde 3 meses y un día hasta 12 meses: 901,52 Euros.
Desde 12 meses y un día hasta 24 meses: 1.081,82 Euros.
Mayores de 24 meses y un día: 1.292,18 Euros.
- Bovino de aptitud lechera:
Desde 3 meses y un día hasta 12 meses: 643,08 Euros.
Desde 12 meses y un día hasta 24 meses: 1.081,82 Euros.
Mayores de 24 meses y un día: 1.382,33 Euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

- Titulares de las explotaciones en las que se hayan tenido que sacrificar animales como consecuencia de la aparición de focos de EEB (Encefalopatía Espongiforme Bovina).
- Las industrias cárnicas.
- Las industrias de transformación de subproductos de origen animal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Explotaciones ganaderas:
La realización de inversiones cuyo objeto sea la instalación de depósitos y sistemas para el almacenamiento de los animales muertos hasta su retirada de la explotación, así como de sistemas de destrucción y tratamiento que contribuyan a disminuir el riesgo de difusión de enfermedades.

2. Productores de vacuno:
La reposición de reproductores sacrificados como consecuencia de la aparición de focos de encefalopatía espongiforme bovina en las explotaciones.

3. Sector agroindustrial:
Las líneas de ayuda se destinarán a las industrias cárnicas y a las industrias de transformación de subproductos de origen animal, para su adaptación. Las inversiones subvencionables serán las siguientes:
a) La adquisición e instalación de maquinaria y equipamiento de extracción y manipulación de Materiales Específicos de Riesgo (MER).
b) La adquisición e instalación de equipamientos para almacenamiento de subproductos y MER hasta su retirada y/o destrucción.
c) Las inversiones para la adaptación de las industrias de transformación y/o destrucción de subproductos y MER.
d) Las inversiones para la adquisición de equipos, que permitan usos alternativos de los subproductos de origen animal.

Requisitos:

Diversa documentación.

Documentos asociados

Boletín: 25/11/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 282
Documento: Convocatoria Descargar Documento