Ayudas a las explotaciones ganaderas y las industrias cárnicas para la mejora de las condiciones de eliminación de los subproductos, residuos y materiales específicos de riesgo.
Código de ayuda:
S05273/03Norma:
Orden APA/3260/2003, de 21 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/03/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Favorecer el cumplimiento por parte de las explotaciones ganaderas y las industrias cárnicas de las actuaciones mencionadas en el artículo siguiente.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. El importe del préstamo supondrá como máximo el 100% del total de la inversión.2. Para la línea de ayudas destinadas a los productores de vacuno, el importe máximo de estos préstamos será el resultado de multiplicar cada animal de reposición adquirido por el importe unitario:
- Bovino de aptitud cárnica:
Desde 3 meses y un día hasta 12 meses: 901,52 Euros.
Desde 12 meses y un día hasta 24 meses: 1.081,82 Euros.
Mayores de 24 meses y un día: 1.292,18 Euros.
- Bovino de aptitud lechera:
Desde 3 meses y un día hasta 12 meses: 643,08 Euros.
Desde 12 meses y un día hasta 24 meses: 1.081,82 Euros.
Mayores de 24 meses y un día: 1.382,33 Euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
- Titulares de las explotaciones en las que se hayan tenido que sacrificar animales como consecuencia de la aparición de focos de EEB (Encefalopatía Espongiforme Bovina).- Las industrias cárnicas.
- Las industrias de transformación de subproductos de origen animal.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Explotaciones ganaderas:La realización de inversiones cuyo objeto sea la instalación de depósitos y sistemas para el almacenamiento de los animales muertos hasta su retirada de la explotación, así como de sistemas de destrucción y tratamiento que contribuyan a disminuir el riesgo de difusión de enfermedades.
2. Productores de vacuno:
La reposición de reproductores sacrificados como consecuencia de la aparición de focos de encefalopatía espongiforme bovina en las explotaciones.
3. Sector agroindustrial:
Las líneas de ayuda se destinarán a las industrias cárnicas y a las industrias de transformación de subproductos de origen animal, para su adaptación. Las inversiones subvencionables serán las siguientes:
a) La adquisición e instalación de maquinaria y equipamiento de extracción y manipulación de Materiales Específicos de Riesgo (MER).
b) La adquisición e instalación de equipamientos para almacenamiento de subproductos y MER hasta su retirada y/o destrucción.
c) Las inversiones para la adaptación de las industrias de transformación y/o destrucción de subproductos y MER.
d) Las inversiones para la adquisición de equipos, que permitan usos alternativos de los subproductos de origen animal.
Requisitos:
Diversa documentación.Documentos asociados
Boletín:
25/11/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 282
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 282
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