Ayudas a las entidades que participen en la ejecución de actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, enmarcadas en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S35528/16

Norma:

Orden de 02/09/2016. Resolución de 06/10/2016. Resolución de 21/12/2016. Resolución de 21/12/2016. Orden 73/2017, de 19 de abril. Orden 3/2019, de 16 de enero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de octubre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 500.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiación de las actuaciones desarrolladas por la entidades solicitantes dirigidas a jóvenes beneficiarios del Sistema de Garantía Juvenil.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de las subvenciones se establecerá en base al criterio de revisión del presupuesto del proyecto presentado y de la elegibilidad de los costes que en él se incluyan. Si se cumplen los requisitos de elegibilidad de los costes vinculados al proyecto, se subvencionará hasta el 100% de éste, hasta un máximo de 500.000,00 euros que podrá superarse en casos excepcionales, en el marco del crédito global que se destine a las ayudas y su distribución entre los destinarios atendiendo a los criterios de baremación que se fijan en la Orden reguladora y en esta convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Siempre que estén constituidas legalmente, podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades siguientes:

a) Entidades privadas de iniciativa social y ciudadana sin ánimo de lucro.

b) Corporaciones de derecho público.

c) Entidades locales.

d) Organizaciones sindicales y patronales.

e) Fundaciones.

f) Empresas.

g) Centros Tecnológicos de Castilla-La Mancha.

h) Entidades declaradas de utilidad pública.

i) Cualquier otra persona física o entidad constituida legalmente que realice una actividad necesaria para la realización del proyecto y que o bien estén especializadas en alguno de los servicios vinculados a las acciones del proyecto, o que su objeto social tenga relación con cualquiera de los cuatro bloques de medidas en las que se estructura el catálogo del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Medidas de apoyo a la activación.

b) Medidas de mejora de la empleabilidad.

c) Medidas de fomento del emprendimiento.

d) Medidas de apoyo a la contratación.

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2016
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