Ayudas a las entidades locales para la redacción del plano de delimitación o del plan de prevención deincendios forestales.

Código de ayuda:

S32391/25

Norma:

Orden ARP/199/2025, de 20 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Su objeto es fomentar la redacción de los planos de delimitación y planes de prevención de incendios forestales (PPI) por parte de las entidades locales que carecen de estos con el fin de reducir el riesgo de incendio forestal de cara a la próxima campaña forestal.

La finalidad de la subvención es fomentar las políticas en el ámbito de la prevención de incendios forestales.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de las subvenciones que regulan las presentes bases los ayuntamientos y las Entidades
Municipales Descentralizadas (EMD) que reúnan los requisitos que establecen las presentes bases reguladoras
y que, que en la fecha de publicación de la convocatoria no dispongan de planos de delimitación de las
urbanizaciones, edificaciones e instalaciones afectadas por la Ley 5/2003, de 22 de abril, o de planes de
prevención de incendios forestales (PPI) para su ámbito territorial con arreglo al artículo 40 de la Ley 6/1988, de 30 de marzo, cuya relación consta en la Dirección General del Medio del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Redacción de los planos de delimitación de las urbanizaciones, edificaciones e instalaciones afectadas por la Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios forestales en las urbanizaciones, núcleos de población, edificaciones e instalaciones, situados en terrenos forestales por parte de los entes locales que carecen de estos.

b) Redacción de los planes de prevención de incendios forestales (PPI) para su ámbito territorial de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña, por parte de los entes locales que carecen de estos.

Requisitos:

a) La cuenta donde debe ingresarse el importe de la ayuda debe pertenecer al ente local beneficiario de la ayuda.

b) Deberán presentar declaración sobre si se han solicitado o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la lista detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.

c) Cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla prevista en el artículo 42.1 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 86/2015, de 2 de junio, si procede.

d) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias.

Documentos asociados

Boletín: 24/11/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9548
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento